16 de mayo de 2008
Telma Ortiz interpuso una demanda para que la Justicia prohibiera a los medios de comunicación publicar fotografías suyas cuando no se encuentre en un acto oficial.

Un tribunal falló en contra del pedido de Telma Ortiz, hermana de la princesa Letizia, para que se prohibiera a los medios de comunicación publicar fotografías suyas cuando no se encuentre en un acto oficial en su condición de hermana de la princesa de Asturias.
La jueza de primera instancia María Lourdes Pérez Padilla denegó por "inviabilidad jurídica" las medidas cautelares pedidas por Telma Ortiz. Además, le impuso el pago de las costas del juicio.
La magistrada tomó la decisión alegando que Ortiz tiene proyección pública y que ella misma lo reconoce al pedir la protección ante los medios pero a la vez admitir que tanto ella como su pareja, Enrique Martín-Llop, participan en actos públicos.
Pérez Padilla desestima así que Ortiz sea una particular anónima amparada por la Constitución, pues se trata de alguien con proyección pública y cuya imagen es conocida.
En su auto, la jueza también rechaza sin embargo el argumento de los abogados de los medios, que alegaban que la adopción de medidas cautelares supondría un acto de censura previa. En el texto la magistrada rechaza asimismo el argumento de que la persecución de los medios podría implicar "la posible existencia de un peligro físico" para Ortiz. Para ello están las leyes que condenan la "conducción temeraria" y otras conductas, indicó la jueza.
La vista judicial contra más de cuatro decenas de medios de comunicación fue la primera demanda en España que se produce antes de la publicación de una fotografía, en previsión de lo que se pudiera publicar.
Telma Ortiz, de 34 años, trataba de fijar una línea divisoria entre su vida pública y privada. Pedía al tribunal que inste a los medios a que "se abstengan de captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir" imágenes suyas o de su pareja.
DPA