La Presidenta Michelle Bachelet encabezó la ceremonia de promulgación de la Ley número 20.304 sobre operaciones de embalses frente a alertas y emergencias de crecidas.
Esta normativa tiene por objetivo dotar a la autoridad en coordinación con los operadores de los embalses, de las herramientas necesarias para afrontar las contingencias o riesgos de crecidas de los cauces por razones climáticas.
La iniciativa pretende utilizar la infraestructura hidráulica existente, en particular el control de los embalses como regulador de caudales, de tal manera de prevenir, aminorar o mitigar los impactos de las crecidas extraordinarias o desmedidas de los ríos.
"Con la tecnología disponible y un adecuado sistema de gestión a nivel comunal podemos evitar el problema más grave que es la pérdida de vidas humanas, podemos definir los lugares en que hay riesgos para las personas en las emergencias causadas por fenómenos climáticos", explicó la Mandataria.
Entre los elementos de esta ley destaca que todo embalse y su respectivo operador, deberán registrarse en el Inventario Público de Obras Hidráulicas perteneciente al Catastro Público de Aguas de la Dirección general de Aguas (DGA) para determinar si se trata de un embalse de control.
"La utilización de esta infreaestructura de embalses jamás podría eliminar los efectos adversos de un evento como el de julio del 2006, pero sí hará posible que el daño sea de menor magnitud y afecte menos lugares y ese es el objetivo de la ley aprobada en el Congreso Nacional", agregó la Presidenta Bachelet.
La categoría embalse de control es fundamental en la nueva normativa, pues se imponen a las empresas operadoras obligaciones relativas a su operación, como instalar y mantener sistemas de monitoreo de sus caudales afluentes y efluentes e informar diariamente a la DGA los registros de los sistemas de monitoreo y contar con un manual de operación que contenga un plan de contingencia.
Además el Estado deberá indemnizar al operador del embalse que haya sufrido perjuicios efectivos y evaluables en dinero, cuando la crecida fuere menor a la pronosticada y producto de lo cual el embalse no recupere el nivel de aguas que tenía ante de la aplicación de las medidas preventivas.
Asimismo el operador deberá indemnizar los perjuicios que haya causado a terceros con ocasión de haber infringido la normativa, el manual de operación o las instrucciones impartidas por las autoridades.
En tanto, el ministro de Obras Públicas, Sergio Bitar, explicó que esta ley también va en la línea de preparar la infraestructura del país para el cambio climático. "Este es el primer proyecto que va en otra dirección, nueva, y es la de prepararse para mejorar los procedimientos y la infraestructura ante las contingencias e inminencias del cambio climático", explicó Bitar.