MEDIACENTER

Proponen mejorar los sistemas de cobranza de las cotizaciones de isapres

Iniciativa será analizada por la Comisión de Salud a partir de enero próximo.

por Orbe | 31/12/2008 - 19:25

Con el fin de perfeccionar los sistemas de cobranza de las cotizaciones previsionales y de salud, el Ejecutivo envió al Senado un proyecto que incorpora la presunción de declaración y no pago de las cotizaciones de salud al sistema de Instituciones de Salud Previsional (Isapres), y que homologa el interés penal y la multa por el no pago de las mismas.

La iniciativa -que será analizada por la Comisión de Salud, a partir de enero próximo-, incorpora las sugerencias que propuso la senadora de la UDI Evelyn Matthei, en el proyecto que introdujo modificaciones en materia de seguridad social.

Dicha iniciativa que fue promulgada como Ley en septiembre pasado, prorrogó hasta el 31 de agosto de 2011 la vigencia de la cotización extraordinaria del 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles de cargo del empleador, a favor del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Por otra parte, la ley conocida como la reforma previsional, creó diversos mecanismos para facilitar el pago oportuno y la cobranza perentoria de cotizaciones provisionales y de seguridad social.

Entre dichos mecanismos se encuentran la presunción legal de declaración y no pago respecto de los empleadores que no han declarado oportunamente las cotizaciones de sus trabajadores, y la ampliación del plazo para pagar las cotizaciones hasta el día 13 del mes siguiente a aquel en que se hayan recibido las remuneraciones, siempre que el pago se haga por medios electrónicos.

Por último, se modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, a fin de establecer que por cada día de atraso en el pago de las cotizaciones, la deuda que genere tal incumplimiento devengará un interés penal equivalente a la tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional, aumentado ahora en un 50 por ciento y no en un 20 como establece la actual legislación.


Sé el primero en comentar

Agregar Comentario
Procesando mensajes...

Página #{pageNum}


#{commentTemplate}

#{date} | #{author} | #{mail}

#{message}


  • Páginas:
  • #{pageNumbersTemplate}

#{date} | #{author} | #{mail}

#{message}

Procesando...
Gracias por comentar
#{errorMsg}
Intente comentar luego
Haz tu comentario
Enviar Comentario
Quedan 500 caracteres
Normas de uso
Esta es la opinión de los usuarios, no de LATERCERA.com
No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes chilenas o injuriantes.
Como LATERCERA.com nos reservamos el derecho de eliminar los comentarios que consideremos inapropiados.

Se debe asignar un frontdoor para este canal

actualizacion cada 5 minutos.

Los +
latercera.com
Consorcio Periodístico de Chile S.A. Derechos reservados
Se prohíbe expresamente la reproducción o copia de los contenidos de este sitio sin el expreso consentimiento de Consorcio Periodístico de Chile S.A.