La primera sala decidió que sea el pleno del organismo quien revise si es inconstitucional el que Marco Enríquez Ominami no pueda votar tras haber sido acusados en dos juicios: el caso OAS y SQM. El excandidato presidencial alega que aún le asiste la presunción de inocencia y que no puede ser que el Ministerio Público sea quien a través de un acto judicial le impida, por ejemplo, volver a presentarse a los comicios de noviembre.
4 ago 2021 00:30 PM