De aumento de penas a castración química: Otros proyectos rezagados por el Congreso para combatir abuso infantil

ÁMBAR
ATON

La facultad del Poder Ejecutivo de imponer sus iniciativas de ley hace que sea habitual que los proyectos de ley que parten como moción parlamentaria sean archivadas o no tenga jamás la urgencia necesaria para convertirse en Ley.


El asesinato de la menos Ambar en Los Andes gatilló que el Presidente Sebastián Piñera anunciara que eliminará la prescripción de delitos sexuales contra menores de edad. Para avanzar en la materia, el gobierno optó por patrocinar y ponerle suma urgencia a un proyecto de ley archivado hace dos años y que fue presentado en 2010 por los senadores Jaime Quintana (PPD) y Ximena Rincón (DC), junto a los exparlamentarios Fulvio Rossi (ex PS) y Patricio Walker (DC).

La facultad del Poder Ejecutivo de imponer sus iniciativas de ley hace que sea habitual que los proyectos de ley que parten como moción parlamentaria sean archivadas o no tenga jamás la urgencia necesaria para convertirse en Ley. Muchos proyectos, como sucedió ahora con la prescripción de delitos sexuales,  quedan a la espera del rescate del Ejecutivo. Acá otras cinco iniciativas congeladas en el Congreso.

1.- Presidio por prostitución infantil. El proyecto que establece normas sobre protección de menores: Fue presentado en 1996 por María Antonieta Saa (PPD) y está archivado desde 2002.

La iniciativa establece que:  "El que con ánimo de lucro o para satisfacer deseos propios o ajenos, promoviere o facilitare la prostitución o corrupción de menores de edad, se le impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo y multa de diez a veinte unidades tributarias mensuales. Cualquiera sea la edad de la víctima, la pena será de presidio mayor en cualquiera de sus grados y multa de veinte unidades tributarias mensuales cuando mediare violencia, intimidación, engaño, abuso de autoridad o confianza, como también si el autor fuere ascendiente, descendiente, cónyuge, conviviente, hermano, tutor, curador o encargado de la educación de la víctima".

2.- Proyecto de Piñera que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos de violación, comercio sexual de menores, prostitución y pornografía infantil. Fue presentado por el actual mandatario en 1996 cuando era senador de RN. Y fue archivado 1999.

Establece que: "Será castigado con presidio menor en su grado medio y multa de seis a quince sueldos vitales el que promoviere o facilitare la prostitución o corrupción de menores de edad para satisfacer los deseos de otro. Si lo hiciere con habitualidad o con abuso de autoridad o confianza dichas penas se aumentarán a presidio mayor en cualquiera de sus grados y multa de veintiuno a treinta sueldos vitales. "

3.- Proyecto UDI que recicló iniciativa de Piñera. En 2012 la bancada UDI retomó la iniciativa presentada por el entonces senador Piñera. El proyecto que presentó por la Cámara modifica Art. 367 del Código Penal, relativo a la prostitución infantil. Está sin urgencia desde  2012.

El texto de la iniciativa afirma que: "El que promoviere, explotare o facilitare la prostitución de menores de edad para satisfacer los deseos de otro, sufrirá la pena de presidio menor en su grado máximo. Si concurriere habitualidad, abuso de autoridad o de confianza o engaño, se impondrán las penas de presidio mayor en cualquiera de sus grados y multa de treinta y una a treinta y cinco unidades tributarias mensuales".

4.- Ciberacoso. El proyecto que modifica el Código Penal para sancionar la seducción de menores por medios virtuales fue firmado en enero de 2015 por Loreto Carvajal (PPD), Marcela Hernando (PRSD) y Andrea Molina (UDI), entre otros. Sigue en trámite en la Cámara de Diputados.

La moción parlamentaria establece que: "El que sedujere o intentare seducir con la finalidad de ofrecer, inducir, alentar o solicitar un encuentro para alguna actividad sexual a través de cualquier medio electrónico, físico o presencial, a una persona menor de edad, será castigado con presidio menor en su grado medio a máximo. Esta pena se agravará en un grado, en caso de ser el menor un impúber, y en dos grados, en caso de ser este un infante."

5.- Castración Química: La moción parlamentaria presentada por la exdiputada Karla Rubilar en 2014 modifica las leyes Nº18.216 y 19.856, incorporando la realización de tratamiento médico como requisito para acceder a algún beneficio en el cumplimiento de la condena por delitos de abuso sexual infantil. Desde ahí no avanza en su trámite.

La iniciativa establece que: "Tratándose de los condenados por los delitos contemplados en los artículos 362, 365 bis numeral 2, 366 bis, 366 quater, y 366 quinquies del Código Penal, será requisito indispensable, para acceder a algún beneficio de esta ley, que el condenado acceda voluntariamente a un procedimiento médico farmacológico y un tratamiento sicológico, por el tiempo total restante de la condena impuesta. El reglamento establecerá la forma, dosis, lugar y periodicidad". Añade que el Ministerio de Justicia en conjunto con el Ministerio de Salud, deberá redactar un reglamento que establezca los fármacos, dosis, periodicidad y lugar de cumplimiento.

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