Justicia acoge demanda de Banco Internacional en contra de Alsacia por millonaria deuda

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Tribunal ordenó al operador del Transantiago pagar US$9,6 millones más intereses y costas a la entidad bancaria por un crédito que data del año 2011. Banco solicitó embargo del mayor terminal de buses, ubicado en Huechuraba.


Alsacia sigue sufriendo en Chile. Hace un año quedó fuera de la última licitación del Transantiago y a fines de marzo recibió una nueva mala noticia.

El 30° Juzgado Civil de Santiago respaldó al Banco Internacional en su demanda en contra de Alsacia por no pagos que ascienden a unos US$9,6 millones debido al cobro de un pagaré suscrito en 2011 por un total de US$11,1 millones.

En su sentencia el tribunal afirmó que la firma -ligada a los hermanos Ríos Velilla- "debe continuar la ejecución hasta el completo pago de lo adeudado al acreedor, más intereses y costas". Sin embargo, sólo seis días antes que la justicia entregara un primer pronunciamiento sobre la disputa, la compañía que demandó al Estado ante el Ciadi por US$347 millones acudió al Tribunal Constitucional (TC).

En su demanda que presentó a finales del año pasado, Banco Internacional acusó que "Inversiones Alsacia no pagó la cuota con vencimiento al 22 junio de 2016, con lo cual se hizo exigible el pago íntegro de la deuda más intereses pactados". Más aún exigió incluso el embargo del mayor terminal del operador del Transantiago, ubicado en la comuna de Huechuraba.

Lo anterior fue respaldado al menos en primera instancia. "El título también da cuenta que los mismos avales de la obligación cambiaria, se constituyeron en fiadores y codeudores solidarios, lo que les impide aún más desligar su responsabilidad y en tal situación no pueden tampoco desvincularse de la solidaridad", sostuvo en su sentencia la magistrada Claudia Salgado.

Ello debido a que para el tribunal las sociedades: Lorena SpA, Panamerican Investments Ltd. Chile, Inversiones Santiago Uno Express S.A. y Eco Uno S.A. actuaron como avales, fiadores y codeudores solidarios.

Y la sentencia agregó: "la prueba de las obligaciones o su extinción incumbe a quien lo alega, carga probatoria que en este caso recayó en los demandados quienes debían comprobar de manera objetiva y fehaciente la extinción de la obligación, lo que sin embargo no ocurrió".

Apelación.

Si bien a la fecha, el TC no declara admisible el recurso de Alsacia ya apeló al fallo del 30° Juzgado Civil de Santiago. En su apelación la compañía insistió en que el titulo no cuenta con fuerza ejecutiva para ejecutar el pago.

"No es sostenible pretender hacer efectivo un pagaré por sumas millonarias basado en supuestos documentos que siquiera han sido suscritos en un mismo acto, aparecen enmendados y respecto del cual las pretendidas autorizaciones no coinciden con sus fechas de emisión", sostuvo Alsacia.

Y agregó: "no nos encontramos frente a un título ejecutivo, sino que frente a una serie de documentos, viciados en su mayoría que la contraria pretende hacer valer como uno solo".

Banco Internacional y Alsacia son representados por los abogados Fernando Rabat y Juan Pablo Urzúa, respectivamente.

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