Por viaje de negocios programado, Dávalos pide a la Corte que le levante arraigo nacional

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Texto argumenta que debe cumplir con la "manutención de su cónyuge e hijos como buen padre de familia", por lo que debe concretar salidas al extranjero por reuniones pactadas.


Mañana la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua -que la semana pasada dicto el sobreseimiento definitivo de Sebastián Dávalos en el marco del caso Caval -, deberá resolver una nueva solicitud del hijo de la ex Presidenta Bachelet.

Dávalos quiere demostrar que los delitos que se le imputan en la causa por estafa contra el empresario Gonzalo Vial Concha están prescritos, por lo que pide "sobreseimiento parcial respecto de los cargos imputados".  Si tal tesis no es aceptada por la Corte, Dávalos apelará -según el escrito al que tuvo acceso La Tercera PM-, a que le sean rebajadas las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual decretada hace una semana en su contra.

Con inusitada rapidez, la Corte deberá revisar el recurso interpuesto por el abogado Carlos Fierro Hinojosa en representación de Dávalos. Al hijo de la ex Mandataria se le imputa que como ex Gerente de Proyectos de la empresa de su esposa, Natalia Compagnon y Mauricio Valero –también formalizados en la causa- tuvo conocimiento de los pagos por $1.200 millones que realizó Vial Concha por una serie de informes sobre minería, cuyo contenido había sido copiado con información generada por la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco).

Al respecto, el fiscal a cargo de la causa, Emiliano Arias, sostuvo que la compañía Caval fue creada con el objetivo de defraudar al dueño de Graneles, sin profesionales competentes para entregar los servicios ofrecidos y que entre los años 2012 a 2015 "el 99,9%" de los ingresos del cientista político provinieron de esta empresa.

Los argumentos

En la presentación ante la Corte, el abogado de Dávalos acusa al Ministerio Público de "extender artificiosamente el plazo establecido en el artículo 94 del Código Penal para ejercer la acción penal" y acota que tal proceder "carece de presupuestos fácticos y legales, asimismo de los elementos propios del tipo penal investigado, siendo más bien una invención mañosa, artificiosa y obtusa, que el resultado propio del mérito de los antecedentes que obran en esta causa". Por lo mismo, pide que a su defendido se le aplique el sobreseimiento.

Añade que, en el caso "improbable" de que no se proceda a echar por tierra lo zanjado en primera instancia para formalizarlo, sólo se obligue a una firma mensual.

En esta línea, afirma que al imponerse las medidas cautelares, el tribunal "no consideró como antecedente un hecho suficientemente relevante, que por razones laborales mi representado debe ausentarse regularmente y por algunos días del territorio nacional y que por mandato legal debe propender a la manutención de su cónyuge e hijos como buen padre de familia".

Y agrega en esta línea "que mantiene ad portas un viaje laboral concertado, cuyos pasajes se encuentran pagados y las reservas debidamente realizadas, con antelación a la citación a la audiencia de formalización y que, finalmente de manera relevante ha colaborado incansablemente durante más de 4 años en las investigaciones llevadas en su contra por el Ministerio Público, que en ese orden de ideas jamás fue refractario a la administración de justicia, compareció voluntariamente a todas las citaciones real izadas por el Tribunal y por el Ministerio Público".

Concluye que "evidentemente no existe riesgo de fuga. En este contexto y como consecuencia natural y obvia de la medida cautelar de arraigo, se ha limitado desproporcionadamente la libertad de tránsito de mi representado y se atenta contra el derecho a desarrollar una actividad económica lícita que en territorio nacional no puede ejercer o desarrollar con meridiano éxito, pues como se dijo en audiencia y conforme el informe migratorio tenido a la vista por S.S. a quo, quedó de manifiesto la necesidad de mi representado de viajar constantemente y por cortos periodos de tiempo a territorio extranjero".

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