El escenario que desliza fiscal Arias para un eventual encubrimiento

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En el Derecho Canónico, la figura de encubrimiento no está tipificada como tal, pero sí cabe dentro del aspecto genérico de abuso de potestad.


La investigación contra el excanciller del Arzobispado de Santiago, Óscar Muñoz, a raíz de cinco denuncias por abuso sexual que persigue el fiscal regional de O'Higgins, Emiliano Arias, mantiene latente otra arista: un eventual encubrimiento.

En entrevista con Tele13 Radio, el persecutor dijo que "el encubrimiento aparece con posterioridad a que el delito se comete. La hipótesis que está siendo investigada es si se ha favorecido habitualmente a malhechores". Si bien el exarchivero de la Iglesia de Santiago se autodenunció en la Iglesia en enero pasado, por dos hechos, luego se acreditaron otras tres denuncias y en marzo habría ocurrido otro abuso. Según Arias, después de la autodenuncia la Iglesia "no hizo nada ante la justicia civil".

El Código Penal considera encubrimiento cuando se facilitan medios para que el infractor "se aproveche de los efectos del crimen; ocultando o inutilizando el cuerpo, los efectos o instrumentos para impedir su descubrimiento; albergando, ocultando o proporcionando la fuga del culpable; acogiendo, receptando o protegiendo habitualmente a los malhechores, sabiendo que lo son, aun sin conocimiento de los crímenes o simples delitos determinados que hayan cometido, o facilitándoles los medios de reunirse u ocultar sus armas o efectos, o suministrándoles auxilio o noticias para que se guarden, precavan o salven".

La pena por este delito va de tres a 10 años de cárcel.

En el Derecho Canónico, la figura de encubrimiento no está tipificada como tal, pero sí cabe dentro del aspecto genérico de abuso de potestad. El sacerdote Francisco Walker explica que "la autoridad es culpable de encubrimiento de un delito de abuso sexual cuando, habiendo tenido conocimiento, no ha seguido la normativa canónica estipulada para estos casos y/o cuando no ha denunciado el hecho ante la autoridad civil, cuando la ley civil la obliga a hacerlo". La ley civil chilena no obliga a denunciar un abuso sexual, salvo que se trata de una institución educativa o de salud.

El Parlamento también toma cartas. A la propuesta presentada por la DC el mes pasado, que busca obligar a los líderes religiosos a denunciar delitos sexuales, ahora se suma la UDI. "Ya es hora de homologar la situación de la Iglesia a la de los funcionarios públicos, de no poder seguir excusándose. Como bancada nos sumamos a esa idea de legislar, para que tengan 24 horas para denunciar los hechos", señaló este martes el diputado Jorge Alessandri (UDI).

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