¿Qué incluye el Seguro Escolar y cómo se debe actuar frente a un accidente?

Escolares

Frente al inicio de clases de este 2018, revisa lo que incluye el Seguro Escolar, su cobertura, y cómo debe actuar un establecimiento educacional y el apoderado frente a un accidente.


El día de hoy varios establecimientos escolares del país, como el Colegio Suizo de Santiago por ejemplo, comenzaron sus clases, mientras que la gran mayoría de la comunidad escolar dará comienzo a su año académico el próximo 5 de marzo.

Todos los alumnos que dan inicio a sus clases en establecimientos reconocidos por el Estado y que se encuentren en educación parvularia, básica, media, Científico Humanista o técnico profesional, de institutos profesionales, de centros de formación técnica y universitaria, cuentan con un Seguro Escolar que les asegura que recibirán atención médica frente a un accidente.

El Seguro protege a todos los alumnos regulares y cubre accidentes que sufran a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su Práctica Profesional, o en el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento educacional, o el lugar donde realice su práctica.

No se consideran dentro del seguro aquellos accidentes que no tengan relación con los estudios, o los producidos intencionalmente por la víctima.

Los administradores de este seguro por otra parte, son las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, quienes otorgan las prestaciones médicas gratuitas, y el Instituto de Seguridad Laboral ISL (Ex INP).

La fiscalización de la aplicación de este seguro escolar corresponde a la Superintendencia de Seguridad Social.

ACCIDENTE ESCOLAR

Según detalla la Superintendencia de Educación, los establecimientos educacionales deben contar con un Plan Integral de Seguridad Escolar y un Protocolo de Accidentes Escolares, con medidas de acción y prevención. Estos instrumentos deben estar integrados en el Reglamento Interno y deben ser informados a la comunidad educativa para que sepan actuar en caso de que ocurra un accidente escolar.

En términos generales, indican desde la superintendencia, los establecimientos deben incluir los siguientes puntos dentro de su plan:

  • Realizar la atención oportuna, considerando los primeros auxilios.
  • Identificar si el estudiante cuenta con seguro privado de atención o el seguro escolar gratuito que otorga el Estado.
  • Entregar el formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar.
  • Tener previamente identificado el centro asistencial más cercano y los responsables del traslado.
  • Contar con un encargado de comunicar a los padres o apoderados la ocurrencia del accidente, para lo cual el apoderado deberá mantener informado al establecimiento de su número telefónico.

Frente a un accidente escolar, el estudiante debe acudir a cualquier centro de la Red Pública de Salud y presentar el formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar.

La denuncia del accidente puede realizarla el Jefe del Establecimiento Educacional, el médico a quién corresponda conocer y tratar un accidente escolar, o el propio accidentado o quién lo representen, si el establecimiento no lo hace dentro de las 24 horas siguientes al accidente.

La cobertura del seguro incluye:

  • Servicio y atención médica, quirúrgica y dental.
  • Hospitalizaciones, cuando correspondan.
  • Medicamentos.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos (incluida su reparación).
  • Rehabilitación física y reeducación profesional.
  • Gastos de traslado.
  • Pensión permanente, temporal o cuota mortuoria, en caso que de ser necesario.

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