La prueba pendiente de la PSU

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Comisión Interamericana de Derechos Humanos durante una de sus sesiones.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos acoge demanda contra el Mineduc por discriminación de la prueba de selección contra estudiantes de colegios técnicos.


En 2012, la entonces estudiante, egresada de un colegio técnico-profesional, Daisy Carol Venegas Ovalle, presentó una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos acusando al Ministerio de Educación (Mineduc) y al Consejo de Rectores (Cruch) de discriminar a los alumnos que no pertenecen a la modalidad científico-humanista y perjudicarlos en el proceso de admisión a las universidades tradicionales, debido a que la Prueba de Selección Universitaria (PSU) mide los contenidos y materias que se entregan a este último grupo de establecimientos y no a los de tipo técnico.

Seis años después, la comisión acogió la causa y el caso podría llegar a juicio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La resolución, a la que tuvo acceso La Tercera, emitida el 25 de abril de 2018, señala que las partes tienen un plazo de cuatro meses para presentar los antecedentes: "La comisión decidió abrir el caso con el número 13.575. Asimismo, y conforme a lo establecido en el artículo 37 (1) de su reglamento, la CIDH les solicita que presenten sus observaciones adicionales sobre el fondo en un plazo de cuatro meses, contados a partir de la transmisión de la presente comunicación".

Además, se insta a los involucrados a alcanzar un acuerdo que evite llegar a juicio: "La comisión se pone a disposición de las partes a fin de llegar a una solución amistosa del asunto. Por lo tanto, me permito solicitarles que de tener interés en iniciar dicho procedimiento, lo manifiesten a la brevedad posible".

El jefe de la División de Educación Superior del Mineduc, Juan Eduardo Vargas, manifestó que "no hemos sido formalmente notificados sobre esta decisión, pero sí tenemos conocimiento de ella y ya hemos conversado con quienes han asesorado a los abogados que llevan esta causa, con los cuales nos reuniremos en los próximos días".

Los argumentos

La demanda de Daisy Venegas advierte que los estudiantes de establecimientos técnicos no solo son perjudicados por la PSU al ser medidos contenidos que ellos no han recibido. El texto dice que "el daño a las oportunidades de los alumnos de TP (colegios técnico-profesionales) no viene dada solo por la posibilidad de acceder en igualdad de condiciones a las universidades del Consejo de

Rectores de las Universidades Chilenas, sino que es agravada porque la mayoría de los beneficios económicos para los alumnos de escasos recursos (becas y ayudas estudiantiles), tanto institucionales como gubernamentales, están atadas a los rendimientos en la Prueba de Selección Universitaria".

El documento señala que "la Prueba de Selección Universitaria, construida sobre la base del currículo científico-humanista, ha servido como instrumento de admisión y asignación de beneficios para los estudiantes de la educación técnico-profesional, obligando a estos últimos a competir en condiciones desventajosas, ya que ellos no han tenido la oportunidad de aprender en sus escuelas los contenidos que son evaluados en las pruebas de admisión. Como se desarrollará luego, esto atenta contra los derechos fundamentales establecidos en la Convención Americana y otros cuerpos normativos".

Además, dice que "el uso de la PSU para los grupos de la educación técnico-profesional violenta uno de los objetivos claves para la educación superior declarados por el gobierno chileno, que es el de lograr equidad en el acceso".

La demandante también enfatiza que "exponemos que la PSU constituye una medida regresiva y no justificable en lo referente a los derechos económicos, sociales y culturales que de la Carta de la Organización de Estados Americanos se derivan. Su antecedente, la Prueba de Aptitud Académica (PAA), no realizaba las discriminaciones arbitrarias que se ven en este test, ya que cubría contenidos similares para todos los postulantes del sistema de admisión (aquellos enseñados durante los dos primeros años de la enseñanza media), no teniendo la pretensión de servir de instrumento de medición de calidad de la educación media científico-humanista (como lo es la PSU)".

El jefe de la Divesup planteó que más allá de esta resolución, "para nosotros desde el comienzo ha sido un tema de preocupación los efectos que tiene el uso de la PSU como herramienta para medir los conocimientos en ciertos grupos de estudiantes, como por ejemplo los egresados de la educación técnico- profesional. Es fundamental que el sistema de educación superior avance y mejore sus procesos para asegurar igualdad de oportunidades a todos nuestros jóvenes, independientemente del tipo de colegio del que hayan egresado".

Por esto, plantea Vargas, "revisar esta herramienta (PSU) y avanzar en mejoras al proceso es un tema que nos preocupa y ocupa. Por eso ya hemos conversado el tema con las autoridades del Demre, de la Universidad de Chile, del Sistema Único de Admisión, y esperamos plantearlo también en la próxima sesión del Consejo de Rectores, institución actualmente responsable del Sistema Único de Admisión. Es clave que en conjunto busquemos herramientas que permitan mejorar los procesos de admisión, que además -de acuerdo a la ley de educación superior, próxima a ser promulgada- deberá contar con un sistema de acceso especial para el sector TP, que estará a cargo de la futura Subsecretaría de Educación Superior".

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