Las claves que explican el poder del Tribunal Constitucional

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Pueden revertir proyectos de ley y resoluciones judiciales, sus fallos son inapelables y sus ministros no pueden ser recusados. Aquí, una radiografía al organismo que vela por el cumplimiento de la Constitución y que ha estado en el centro del debate.


El fallo que declaró inconstitucional el Artículo 63 de la Ley de Educación Superior, que prohibía a las entidades con fines de lucro controlar las universidades, puso esta semana todas las miradas sobre el poder del Tribunal Constitucional. A continuación, una radiografía del funcionamiento, atribuciones y controversias del organismo que vela por el estricto cumplimiento de la Carta Fundamental.

1 Inapelable, irrecusable y siempre competente

El poder sin contrapesos del Tribunal Constitucional está dado por su ley orgánica de 1981, reformada por última vez en 2009. Allí, además de definirlo como "un órgano del Estado autónomo e independiente de toda otra autoridad o poder", y señalar que el tribunal tendrá el tratamiento de "excelencia" cuando alguien alega frente a él, se señala que "en ningún caso se podrá promover cuestión de jurisdicción o competencia del tribunal" y que "los ministros no son recusables"; es decir, nadie puede cuestionar la independencia o imparcialidad de ellos, al contrario de lo que ocurre con los jueces de la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones. Solo deberán abstenerse de conocer las causas quienes emitan opiniones con publicidad previas a la votación o que tengan relaciones laborales o comerciales con algún abogado que participe en la causa. Finalmente se señala que "contra las resoluciones del tribunal no procederá recurso alguno".

2 El TC puertas adentro

El TC atiende público entre 9 y 14 horas. Por acuerdo interno, el pleno sesiona los martes y jueves desde las 10 de la mañana hasta cerca de las 13 horas. A veces hacen sesiones en la tarde, cuando hay mucha carga de trabajo. Los lunes y miércoles se reúnen las dos salas que revisan la admisión de las causas. Y los viernes, los abogados asistentes se dedican a redactar las sentencias. Así como reciben delegaciones de tribunales extranjeros, también organizan viajes a conocer la experiencia internacional. Ahora están preparando un viaje a Corea.

Los 10 ministros intentan almorzar juntos los días de pleno, pero no siempre resulta: según comentan funcionarios del TC, las tensiones entre ellos se hacen cada vez más evidentes, debido a que el organismo se ha politizado en demasía. Aunque anteriormente se nombró a políticos de un sector u otro, como los ex ministros José Antonio Viera-Gallo (PS) y Mario Fernández (DC), de acuerdo a los críticos del organismo, las posturas se han polarizado desde 2015, cuando asumieron Cristián Letelier y Nelson Pozo, nombres propuestos por la UDI y el PS, respectivamente. Se ha vuelto habitual que, más allá del debate constitucional, los ministros voten en bloque según su sector. El propio presidente, Iván Aróstica, declaró en revista Capital al ser consultado si el TC es un tribunal político o jurídico: "Las dos cosas, ¡si la Constitución es política y es jurídica!".

3 Cómo se nombran

La forma en que se designa a los 10 jueces del Tribunal Constitucional es uno de los cuestionamientos que enfrenta el organismo. Tres de los nombramientos surgen directamente del Presidente de la República, otros cuatro miembros son elegidos por el Congreso (dos por la Cámara Alta y dos por la Cámara de Diputados, con la venia del Senado) y tres ministros provienen de una votación secreta que realiza la Corte Suprema. Una vez elegidos son "inamovibles" por nueve años o hasta cumplir los 75 años.

En agosto de 2017, en medio de la campaña, el entonces candidato Sebastián Piñera propuso realizar una reforma constitucional para estos nombramientos. De esta forma, planteó que, previo concurso público, la Corte Suprema elabore una quina de candidatos para ser analizados por el Presidente de la República. Posteriormente, el Mandatario haría llegar al Congreso un nombre para ser ratificado.

Otro punto que enfatizó Piñera fue "establecer requisitos más exigentes para integrar el TC, por ejemplo, ser experto en Derecho Constitucional.

4 ¿Cámara o nueva instancia penal?

Los controles de constitucionalidad de las leyes es lo que genera mayor controversia, al punto de que los críticos llaman al TC la "tercera cámara" legislativa. Conocidos son los casos del fallido proyecto de fortalecimiento del Sernac, la objeción de conciencia institucional en los casos de aborto o las modificaciones a la reforma laboral.

Sin embargo, a partir de la reforma de 2005, cuando se delegó al TC la tarea de revisar recursos de inaplicabilidad constitucional, esa es por lejos la mayor carga laboral que tiene el organismo. En su gran mayoría corresponde a la solicitud de imputados por delitos que piden que se declare la inaplicabilidad de resoluciones de la justicia, mayormente relacionadas con la Ley 18.216, que establece las penas sustitutivas a la cárcel, así como con las relacionadas al delito de porte de armas.

En la misma línea está la reducción que hace el TC de las millonarias multas cursadas por organismos como la SVS, a ejecutivos de los casos cascadas o La Polar.

Si entre el 15 de diciembre de 2017 y el 31 de enero pasado el TC hizo control preventivo de 12 proyectos de ley, en el mismo período firmó un centenar de sentencias de inaplicabilidad por la Ley de Control de Armas y la Ley 18.216.

El masivo ingreso de causas fue uno de los temas que el organismo trató en su cuenta pública del año pasado. En esa instancia, el TC alertó que "las 357 causas ingresadas corresponden a la cifra más alta de toda la historia del tribunal". Y la cifra sólo ha ido aumentando: entre enero y diciembre de 2017 ingresaron 930 causas. En promedio, según el organismo, la tramitación de causas tarda 266 días.

Abogados del TC comentan que el espíritu original del organismo era servir de árbitro para los poderes del Estado, sin embargo, han terminado operando como un tribunal para casos particulares de personas.

5 Registro de audiencias, pero no de lobby

El Tribunal Constitucional se vio obligado a sumarse a la nueva ley de lobby. Sin embargo, en un autoacordado de diciembre de 2014, los ministros definieron que solo los funcionarios administrativos están sujetos a ello, ya que para los miembros del tribunal "no es posible admitir ninguna forma de influencia en sus decisiones, fuera del proceso público, por lo que no se establece un registro de lobistas". Aun así, como señal de transparencia acordaron hacer pública la agenda de los ministros. Sin embargo, al revisar dicho registro, algunos ministros, como Carlos Carmona o Cristián Letelier, lo mantienen en blanco desde hace meses y la mayoría solo menciona las sesiones del pleno en su agenda. Solamente el presidente del tribunal, Iván Aróstica, registra algunas reuniones con privados, específicamente representantes de planteles universitarios, como un saludo protocolar con el decano de la UDD, una visita a la Universidad Santo Tomás y también una reunión en enero con Ángela Vivanco, la abogada de los diputados UDI que presentaron un requerimiento contra la ley de aborto ante el TC.

6 Intereses declarados

El pasado 27 de marzo, los ministros del TC publicaron sus declaraciones de patrimonio e intereses. Adquisición de acciones en el rubro de energía, bancos y retail, así como participación en actividades académicas remuneradas en universidades y colegios forman parte de los antecedentes dados a conocer por los jueces miembros de este tribunal.

Ocho ministros realizan clases en universidades: la mitad de ellos en públicas y otros cuatro en privadas (Aróstica, García, Letelier y Carmona).

La ley les permite impartir clases con un máximo de 12 horas semanales, pero no desempeñar el ejercicio privado como abogados.

El ministro Domingo Hernández registra acciones minoritarias en, al menos, 10 empresas. Entre ellas, Colbún, Entel, Aguas Andinas, Santander, Cencosud y Embonor. En la misma línea, María Luisa Brahm declara tener acciones en Santander, mientras que el juez Cristián Letelier mantiene participación minoritaria en Cintac y Enel y en las sociedades "Cristián Letelier y Compañía Limitada" y en "Darío Molina y Compañía".

El ministro Nelson Pozo registra participación en las sociedades "Pozo y Cía.", "Comunicaciones y Datos S.A." aunque, según el Diario Oficial, aún mantendría un vínculo con "Laboratorio Alles Leben Sociedad Anónima", sociedad en la que ingresó en 2002.

7 Trato especial en la justicia

"Ningún miembro del tribunal, desde el día de su designación, puede ser acusado y privado de su libertad, salvo en el caso de delito flagrante (...). En caso de ser arrestado algún miembro del tribunal por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición de la Corte de Apelaciones de Santiago, con la información sumaria correspondiente", establece la Ley Orgánica del TC. Asimismo, estos jueces tampoco están obligados a declarar en juicios. "Los ministros están eximidos de toda obligación de servicio personal que las leyes impongan a los ciudadanos chilenos", se agrega.

Según los registros judiciales, Marisol Peña y Domingo Hernández son los únicos ministros que han sido investigados por la fiscalía en calidad de imputados. El caso de Peña se originó por una querella por giro doloso de cheques -por $ 4 millones-, presentada en enero de 2013. En mayo, el fiscal Marco Núñez pidió su formalización, pero en junio optó por solicitar su sobreseimiento, tras establecer "la inocencia de la imputada Marisol Peña Torres", dice el escrito de la fiscalía.

El segundo afectó a Domingo Hernández, quien en 2011, en su calidad de árbitro, enfrentó una querella por apropiación indebida por parte de un empresario gastronómico. En su caso, la fiscalía aplicó la decisión de no perseverar.

8 Dinero y personal

Setenta y nueve trabajadores cumplen funciones dentro de este organismo estatal. De ellos, 10 son ministros y otros dos, ministros suplentes. La remuneración del personal cuesta anualmente al

Fisco $ 3.100 millones, de los cuales casi el 40% se asigna a los sueldos de los ministros ($ 1.219 millones), quienes, de forma mensual, ganan un salario bruto de $ 9.011.233, más asignaciones. El segundo gasto principal que contemplan los balances del TC son los llamados "equipos de ministros", en los que se consideran gastos por remuneraciones de abogados asistentes, secretarias, choferes por cada uno de los ministros, además de la jefa de gabinete del organismo.

Según los balances contables, publicados por el TC en 2015, el presupuesto total que se asignó al organismo fue de $ 5.249 millones, pero en 2016 esta cifra aumentó en 215%, cuando el Fisco le traspasó $ 16.888 millones. Una explicación de este aumento se encuentra en el ítem "endeudamiento interno", contrato de leasing que el organismo utilizó para financiar la adquisición de la nueva sede central en un edificio histórico de gran valor patrimonial, en calle Huérfanos 1234. Luego, el 2018 el presupuesto se redujo a $ 4.997 millones.

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