Alfredo Etcheberry: "El desamparo de la mujer debiera considerarse también como una causal (para el aborto)"

Abogado ley de aborto retrato entrevista posando
Foto: Marcelo Segura / La Tercera

A sus 85 años Alfredo Etcheberry -nació el mismo año en que se comenzó a discutir el voto femenino-, el abogado acaba de defender con éxito ante el Tribunal Constitucional (TC) la última reivindicación en la lucha por los derechos de las mujeres: la despenalización del aborto en tres causales. Aquí expone las razones y desdramatiza los costos de la que él mismo denomina "una de las causas más importante de mi vida".




El del 18 de agosto fue un debut. Después de una reconocida trayectoria de alegatos, audiencias y clases universitarias, a sus 85 años el abogado Alfredo Etcheberry expuso ante el Tribunal Constitucional por primera vez en su vida. Su nominación como el representante de La Moneda en la defensa del proyecto que despenaliza la interrupción del embarazo en tres causales había tomado por sorpresa a abogados e incumbentes de todos lados. No sólo por su falta de experiencia en ese tipo de litigios, sino que, además, porque la Presidenta Michelle Bachelet había optado por un DC, reconocido antiabortista y católico de misa dominical, para alegar en favor de una de sus iniciativas más emblemáticas.

Hoy, a días del fallo que determinó la constitucionalidad del proyecto, Etcheberry explica sus motivaciones para involucrarse en el tema y por qué, a su juicio, los potenciales costos de una postura no pueden ser excusa para que un abogado se niegue a defender "una causa justa".

Y aunque el propio Etcheberry resta dramatismo a las consecuencias de su alegato, algunos de estos costos quedaron públicamente expuestos, como su quiebre con la ex ministra Soledad Alvear, quien señaló sentirse "desilusionada" de su otrora referente.

El gobierno y las agrupaciones que defienden los derechos de la mujer calificaron el fallo del TC como algo histórico. ¿Ha sido esta una de las causas más importantes que le han tocado?

Ha sido una de las más importantes, sin duda.

Era su debut ante el TC.

Sí, fue mi debut (ríe). Fue una experiencia muy interesante. Me sentí muy realizado profesionalmente. No sentí ninguna incomodidad, los ministros siempre fueron muy deferentes. Tuve todas las garantías para poder litigar y mucho respeto de mis colegas, así como yo se los tengo a ellos también.

¿Y cómo es que un penalista como usted termina haciéndose cargo de la defensa de un proyecto del gobierno ante el TC?

Bueno, eso habría que preguntárselo al cliente. Me hicieron una pregunta muy semejante cuando hace mucho tiempo defendí al gobierno de EE.UU. en la extradición del general Manuel Contreras. En realidad, no lo puedo saber, a menos que la persona esté aquí y lo diga, "hemos pensando en usted por tal o cual razón".

Ante el TC usted alega en representación de la Presidenta. ¿Fue la que lo contactó?

No, la Presidenta no. Pero en las relaciones profesionales el secreto profesional es definitorio para un abogado, incluso en ese aspecto, en decir "fulano de tal me está consultando" puede ser perjudicial para la persona que a lo mejor no quiere que sepa que está contactando a un abogado. Yo fui contactado por gente de alto nivel, por gente del Ministerio Secretaría General de Gobierno, pero no personalmente por la Presidenta.

Pero usted conoce a la Presidenta…

Sí, la conozco. Tengo una excelente opinión de la Presidenta. Yo fui contratado para defender al general Alberto Bachelet, su padre, a raíz del Golpe, pero él, como usted ya sabe, falleció en la cárcel antes de que comenzara el juicio propiamente tal. Pero sí, ahí conocí a la Presidenta y a su madre, y tengo un excelente recuerdo del general Bachelet y un muy alto concepto de la Presidenta.

Debe existir una relación de confianza si se considera que ante el TC usted finalmente habla a nombre de ella en un proyecto que es tan emblemático para su administración.

Claro, pero aquí yo estoy defendiendo un asunto netamente de derecho. Sería igual si otra persona hubiese sido el Presidente de la República, pero el proyecto de ley hubiese sido el mismo. No influye como en los casos ordinarios en que la empatía y la consideración personal al cliente son muy importantes, particularmente en materia penal, pero aquí, en este caso no, porque es una cuestión estrictamente de derecho.

¿Lo llamó para felicitarlo por el triunfo?

Me mandó un mensaje.

Usted no es reconocido precisamente por ser una persona proclive al aborto. Uno creería, más bien, todo lo contrario. ¿Tuvo que reflexionar mucho antes de aceptar asumir la defensa del proyecto?

Es efectivo lo que usted dice en el sentido de que yo soy antiabortista, en el sentido de que el aborto pueda hacerse simplemente por voluntad, sea del Estado o de las personas, creo que la vida del que está por nacer es un bien importante, creo que los valores que están en juego aquí justifican que en esas situaciones especiales no se obligue ni al médico ni a la mujer que consiente en el aborto a ir a la cárcel. Nada más que eso, no es un juzgamiento ni siquiera de tipo moral.

Pero como cristiano, como DC, tuvo que haber hecho una reflexión.

La que he hecho, porque soy profesor de Derecho Penal hace muchos años. No tuve que abocarme al estudio del tema ahora. Incluso, yo lo hice presente inicialmente, que era profesor de Derecho Penal y que mi especialidad estaba en el Derecho Penal y no en el Derecho Constitucional.

Y el hecho de que este tema generara tanta resistencia en la Iglesia y en varios sectores de su partido, ¿no fueron factores a considerar?

Son factores que hay que tomar en cuenta, pero que no justifican negarse a defender una causa que uno cree justa simplemente por las incomodidades que le pueda traer. Son los gajes del oficio, forma parte de la ética profesional del abogado no rechazar una causa que cree justa por las incomodidades que le pueda traer.

¿Le llegaron muchas quejas o reproches de parte de sus camaradas democratacristianos?

Sinceramente, ninguna. Ni antes ni después. Evidentemente que hay quienes han hecho pública su oposición a la ley, pero a mí no me han hecho ningún cuestionamiento, o no me lo han dicho por lo menos.

¿Supo usted que luego de su intervención en el TC, por ejemplo, la ex senadora Soledad Alvear tuiteó: "Qué desilusión los argumentos de don Alfredo Etcheberry. Siempre lo admiré hasta ayer"?

He perdido una admiradora. Bueno, no lo sabía, yo en cambio no retiro mi enorme aprecio y respeto a Soledad Alvear. Voté por ella las veces que fue candidata y si vuelve a ser candidata volveré a votar por ella.

¿No le duele que haya hecho ese comentario?

No, tiene perfecto derecho a su opinión. Así como ella debe pensar que yo tengo derecho a la mía.

¿Y por qué decidió no cobrar honorarios?

No cobré precisamente para que no se diga "Alfredo Etcheberry es un católico que se vendió por unos cuantos pesos".

¿Qué es lo que ganaba involucrándose?

Nada. Defender una causa justa y hacer un poco de tranquilidad y de luz en un asunto en que los ánimos se encendieron tanto, en que había acusaciones por un lado de "asesinos" a quienes defendían el proyecto, y de "hipócritas" a quienes estaban del otro lado. Eso es un mal clima para la democracia.

Durante los alegatos se dijo que usted habría cambiado de opinión en lo que había sido siempre su postura frente al aborto. Tanto los abogados que presentaron el requerimiento como algunos de los ministros trataron de ponerlo en contradicción con lo que había señalado antes en sus libros, con las propuestas que ha hecho sobre el tema…

Eso me pasa en todos los alegatos. No resisten a la tentación de decirme "pero usted en su libro…". Ese es el problema de los que escriben y a la vez somos abogados y profesores. Porque uno como abogado no está para defender sus teorías propias, sino que para defender los intereses del cliente. En cambio, como profesor debe uno hacer sus teorías.

¿Y hubo un cambio de opinión?

No. Mi opinión sobre el aborto mismo, antes de que se presentara siquiera el proyecto de ley, está en mi libro de Derecho Penal, cuya tercera edición es del año 1997, la primera es del año 1964. Y también, por supuesto lo que creo que debería ser la ley está expresado ahí.

De todas formas, en la propuesta de Código Penal que presentó no hace mucho usted mantiene la penalización en al menos una de las causales que con este proyecto se despenalizan, en la más polémica: la de violación.

Bueno, eso es un problema distinto, el proyecto de Código Penal es un proyecto de código ideal, tal y como yo creo que debería existir una legislación. En este proyecto, de las tres causales falta la que yo considero la principal de las causales de aborto que tiene su significado especial en el proyecto de Código. Hay una atenuación libre y una atenuación ordinaria, que son distintas. Y también la de grave desamparo de la mujer, que no tiene dinero, no tiene parientes, no tiene cómo subsistir, o que vive en una zona remota, pobre, etc. Esa es una situación que yo creo que debería considerarse.

¿O sea, usted estaría por ampliar estas tres causales a más?

Sí, por supuesto. Lo mismo que la fecundación artificial no consentida de la madre, cuyo efecto inmediato es el mismo de la violación. No se justificaría darle un tratamiento distinto.

¿Y cuál es la razón de haber mantenido en su propuesta un grado de penalización en la causal de violación y haberla considerado sólo como atenuante?

Puede incluso aplicarse en lo que se llama una medida de seguridad. No una pena. Porque depende de cada situación. La razón de fondo de esa posición es que las mismas razones que tiene la mujer para rechazar el producto de esa violación, de esa relación sexual que representó para ella un ataque, o un vejamen, esas mismas razones las podría seguir teniendo después que el niño nació. Entonces, la supresión de la pena si mata al niño en el vientre tendría que justificar también que no hubiera pena si lo mata después de nacido, entonces, ese es un motivo de que ahí está considerado con una atenuación libre, pero si ustedes analizan lo que es la atenuación libre, es que el tribunal puede cambiar la pena. Si la ley establece pena de prisión puede aplicar una pena de multa, e incluso puede no aplicar ninguna pena, sino una medida de vigilancia, que es una medida de seguridad y no es una pena. La persona no va presa, no paga multa, queda sujeta a la obligación, lo que corrientemente se llama firma mensual. Que es una manera más bien simbólica de decir que el acto no es indiferente para el derecho.

Ahora los detractores de este proyecto han advertido que su validación abrirá la puerta al aborto libre, algo con lo que usted mismo no está de acuerdo.

He visto posiciones de obispos que dicen que esta aprobación abre la puerta para otras situaciones. Pero "abusus non tollit usum", es decir, el posible abuso no puede suprimir el uso. O sea, no puede dejar de aplicarse esta ley porque podría venir otra que sea peor.

¿Pero como abogado no comparte que luego del fallo hoy es mucho más alcanzable una legislación en torno al aborto libre? ¿No cree que, al menos, quedo un poco más abierta la puerta que antes?

Yo no veo por qué pueda haber quedado más abierta que antes. La posibilidad de que se presente un proyecto e incluso que sea aprobado un proyecto de aborto libre no deriva de que se haya aprobado esta ley. Esta ley se limita a no mandar a la cárcel al médico y a la mujer que practican el aborto, por la voluntad de la mujer. Siempre tiene que haber consentimiento de ella. No es el Estado el que decide quién es digno de vivir y quién no es digno de vivir, como se ha repetido muy majaderamente. Eso no es así, es la mujer la que decide si quiere abortar o no.

Pero el hecho de que quede establecido que la protección del que está por nacer es limitada y se refuerce la concepción de que el feto no es persona...

Lo que se establece es que tiene que ceder ante la vida de la mujer. Es más importante la vida de la mujer que la vida del que está por nacer. Y eso me parece que está muy claro.

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Foto: Marcelo Segura / La Tercera[/caption]

Se ha abierto un debate a propósito de la profundidad de la argumentación del TC. ¿Comparte la crítica por el hecho de que las consideraciones de la sentencia puedan modificar en algunos aspectos el sentido de la ley?

Es un asunto que debería estudiarse más a fondo, repito que yo no soy constitucionalista. Pero tengo la impresión de que no se pueden considerar inconstitucionales palabras, sino frases que tengan algún sentido, porque si se considerara inconstitucional, por ejemplo, la palabra "no" de la frase "no se puede hacer esto", y se cambia por "se puede hacer esto", se cambia completamente el sentido de la ley aprobada. No es lo mismo que encontrar inconstitucional una frase de la ley. Es decir, el tribunal tiene plenas facultades para decir que algún proyecto va en contra de la Constitución, pero no las tiene para decir "la ley debió decir esta otra cosa distinta".

El mayor impacto estuvo en la objeción de conciencia, que quedó bastante restringida. ¿Cuánto le molestó ese aspecto del fallo?

A mi juicio, ese era un aspecto secundario. Yo no lo toqué en mi alegato. Porque, de hecho, las instituciones, particularmente la UC y otras ligadas a instituciones religiosas, muchas que se hicieron escuchar en el TC, de todas maneras no iban a practicar esta operación una vez aprobada la ley. Tal vez, a través de asegurarse formalmente de que el personal médico que trabajara ahí se comprometiera a hacer presente su objeción personal. O mediante lo que hizo el TC, que dijo finalmente que lo podía hacer la institución. Así que alcance práctico no le veo personalmente.

¿Qué valor le asigna al cambio en la jurisprudencia que significa este fallo en comparación a la interpretación que se hizo en la discusión sobre la píldora y que le asignaba una condición de persona al que está por nacer?

Me parece muy bien que lo haya hecho. No tanto porque en este caso resultó en un fallo favorable a mi exposición, sino porque la jurisprudencia obligatoria petrifica el derecho. En Estados Unidos, donde existe la jurisprudencia obligatoria, el tribunal tiene que darse vuelta de carnero después de muchos años para venir en el hecho a cambiar la jurisprudencia, como aquellas que justificaron la esclavitud y dispusieron que los estados antiesclavistas tenían que respetar los derechos de propiedades de los amos de los esclavos fugitivos. A mí me parece muy bien el principio que está asentado en el Código Civil -ya no en la Constitución misma ni en el penal- que dice que las sentencias judiciales solo tienen valor obligatorio en el caso de que se pronuncien, pero no amarran al mismo tribunal ni a otros para casos a futuro. Hay mucha simpatía o tendencia entre mis colegas profesores, más que mis colegas abogados, a buscar alguna manera de hacer obligatoria la jurisprudencia en Chile. Yo creo que eso sería muy malo, retrasaría la evolución del derecho.

¿Qué le parece que el ex Presidente Piñera ya anunciando que si llega al gobierno tratará de volver atrás en este tema?

Me parece muy natural que Piñera diga eso. Tiene derecho a decirlo, es un candidato presidencial. Dice que está abierto, primeramente, o sea que no está cerrado a modificar la ley. Y tampoco dice en qué sentido o hasta cuándo la modificaría, así que no puedo tener yo una opinión muy categórica en cuanto al fondo de su postura, y la entiendo por supuesto del punto de vista político.

¿Qué opinión tiene del feminismo? Grupos feministas levantaron este proyecto como su bandera de lucha

Hay muchas clases de feminismo, hay algunos más avanzados, algunos incluso mal entendidos y algunos muy progresistas, en el buen sentido de la palabra, y que merecen todo el apoyo. Ahora, yo no podría nunca ser antifeminista comprenderá... si estoy casado y tengo cinco hijas... (ríe).

Seguramente con esta causa entrará de alguna manera al registro de los triunfos del feminismo chileno.

Es posible que quede así, salvo en aquellos casos como el que me comentó de quien ha perdido admiración...

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