Cambios a la reforma no penalizan con cárcel el lucro en la educación superior

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Indicaciones al proyecto consideran el presidio menor en su grado medio. Fija nuevo cálculo para definir el valor del arancel regulado y reducir brecha financiera en Ues.




Tras meses de negociaciones internas de la Nueva Mayoría, el Ejecutivo ingresó ayer en la tarde la indicación sustitutiva a la reforma a la Educación Superior. En el documento de 165 páginas hay cambios en aspectos como financiamiento para la gratuidad, acreditación e institucionalidad. Precisamente en este último punto se despejó una de las mayores incógnitas: cómo se penalizará el lucro. Esto, porque el Ejecutivo había asegurado el año pasado que se sancionaría el lucro en el área como un delito, lo que incluiría penas de cárcel y multas. En ese sentido, el documento, al cual tuvo acceso La Tercera, señala que el lucro se sancionará con la pena de presidio menor en su grado medio. Sin embargo, según Juan Pablo Hermosilla, abogado penalista, esta pena no tendrá un mayor impacto "porque no se cumplen con tiempo de encarcelamiento. En la práctica se transforma en un costo muy menor para la persona condenada. Son muy confusas las normas penales que he revisado, uno podría incluso sospechar que es inconstitucional", dijo.

La indicación sustitutiva considera, eso sí, que se multará con el doble "del valor del interés que hubiere tomado en el negocio".

Las modificaciones también abordan temas más polémicos en torno a la gratuidad: el déficit que genera el cálculo de los aranceles regulados, los que definen los montos que entrega el Estado por los beneficiados con gratuidad.

Actualmente, los fondos que el Mineduc da a las instituciones se calculan considerando la cantidad de estudiantes, el arancel de referencia -lo que el Estado calcula como valor de una carrera y que ha entregado siempre para becas y créditos- y la agrupación de universidades según sus años de acreditación.

Según el texto, esto se modificará y se creará un comité de expertos para la regulación de los aranceles y la fórmula para calcularlos considerará "grupos de carreras" que tengan estructuras de costos similares, la región en que se imparten los programas y además los años de acreditación.

Sin embargo, mientras no esté en régimen este esquema, de manera transitoria los aranceles regulados se calcularán de la misma manera en que se hizo en 2016, pero promediando también el valor de los aranceles reales. Adicionalmente, como se hizo el año pasado, se entregará un aporte suplementario equivalente a un máximo de un 20% del arancel de la institución.

La indicación sustitutiva mantiene el esquema de tope en aranceles para los alumnos sin gratuidad en instituciones adscritas a este sistema. Además, en el documento se reconoce al Consejo de Rectores y se repone el aporte directo que recibía.

Acreditación

Tal como se habló durante las últimas semanas, luego de que se conocieran minutas entregadas por el gobierno, se eliminaron los niveles de acreditación en el proyecto, pero se mantiene como obligatorio el licenciamiento para todos los planteles.

Ahora, la acreditación se hará evaluando dimensiones específicas, a partir de criterios y estándares. Estos dos últimos estarán fijados por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) en conjunto con el Comité de Coordinación.

Cinco dimensiones se considerarán para la acreditación: docencia y resultados del proceso de formación; gestión y recursos institucionales; aseguramiento interno de la calidad; generación de conocimiento, creación e innovación y vinculación con el medio.

En cuanto a los años de certificación, se mantiene el máximo de siete años que existe hoy y se establece una acreditación condicional por tres años. Esta última certificación se entregará a los planteles que demuestren mejorar las áreas en las que tiene problemas en un plazo de tres años. Durante este período, "no podrá impartir nuevas carreras o programas de estudio, ni abrir nuevas sedes o aumentar el número de vacantes".

Si es que al final de este plazo la institución no mejora y nuevamente se le acredita condicionalmente, dicho plantel deberá cerrar.

Por otro lado, el documento indica que no se otorgará la acreditación institucional a los planteles que no presenten un nivel de cumplimiento aceptable de los estándares de calidad. Si es una casa de estudios reconocida por el Estado, la CNA informará a la Superintendencia la resolución de no acreditación para que se nombre un administrador provisional.

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