Independientes que cotizan vía retención del SII bajan al 27%

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Oficinas del Servicio de Impuestos Internos (SII).

En 2013, el número era de 32% respecto del total potencial. Desde entonces ha venido bajando.




Según cifras del Servicio de Impuestos Internos (SII), desde que partió el sistema de cobro de cotizaciones por medio de la devolución de impuestos, en el año tributario 2013, el número de trabajadores independientes que efectivamente ha pagado sus obligaciones por esta vía promedia 27%, situándose al cierre de 2016 en 25%, y evidenciando una baja desde el 32% que alcanzó al inicio del sistema en 2013.

La incorporación de estos trabajadores al sistema de AFP, obligándoles a cotizar a través del descuento de los montos desde la devolución de impuesto por el 10% de las boletas de honorarios, es parte de los cambios impulsados por la Reforma de Pensiones de 2008, con el objeto de mejorar la situación previsional de los trabajadores de este grupo que no aportan voluntariamente para pensión. De acuerdo con cifras de la Asociación de AFP del total de trabajadores ocupados, unas 8 millones de personas, en el sistema de AFP cotizan solamente 5,4 millones de afiliados en forma mensual, y mientras más del 93% de los trabajadores dependientes aporta para su pensión, porque está obligado a hacerlo, la cobertura entre los independientes que cotiza en forma voluntaria llega solamente al 7% de los trabajadores.

Así, se estableció un mecanismo de incorporación gradual, por parte del ingreso hasta completar el 100% de las remuneraciones imponibles, al que -en todo caso-, cada trabajador podría renunciar de forma explícita en cada nueva operación renta, evitando el cobro.

Pero dentro del grupo de independientes, no todos están llamados a cotizar por esta vía. De acuerdo con el SII, además de quienes renuncien en forma explícita, están excluidos de cotizar los trabajadores que estén afiliados a Capredena, Dipreca e IPS; las mujeres de 50 años o más y hombres de 55 años o más, al 1 de Enero de 2012; los pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total; quienes hayan cotizado mensualmente como dependiente por el límite máximo imponible mensual (73,2 UF, aproximadamente $1.880.000); y los que tengan honorarios anuales bajo $ 301.250.

Desde la Superintendencia de Pensiones reconocen que ésta "ha tenido un efecto acotado pero no despreciable en el ahorro de los trabajadores". Esto porque, "si bien el porcentaje de trabajadores que no ha renunciado a cotizar ha bajado en el tiempo es algo menor al 30%, la medida ha permitido que ese grupo de trabajadores aumente sus ahorros para pensiones y tengan cobertura (al menos parcial) para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia", explican desde esa entidad.

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