Justicia descarta irregularidades en sanciones aplicadas a sargento que denunció a superior que manejaba ebrio

La Corte de Apelaciones rechazó el recurso presentado por sargento de carabineros, quien sostiene que ha sido objeto de amenazas y hostigamientos tras sorprender a un capitán en un vehículo, en estado de ebriedad.




En fallo unánime la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, rechazó el recurso de protección presentado por un sargento, quien en febrero pasado sorprendió a un capitán de carabineros al interior de su vehículo en estado de ebriedad.

La sentencia del tribunal de alzada descarta irregularidades en los procesos sancionatorios aplicados al sargento Bustos Cabrera, quien sostuvo que le fueron aplicados en represalia por denunciar a su superior, Emilio Sáez Ortiz.

"Que en cuanto a los hostigamientos, amenazas e insultos a que alude el recurrente en su presentación de fojas 12, no existen antecedentes en el proceso que permitan demostrar que los recurridos hayan incurridos en tales actos respecto del Sargento Bustos Cabrera, tratándose de un hecho que aparece controvertido, motivo por el cual la acción en esta parte no puede prosperar ya que no es posible adoptar medidas al respecto", sostiene el fallo.

En su recurso, el sargento argumentó que "se inventó que el recurrente habría escrito en su muro de facebook que un suboficial mayor era "mango", por lo cual se le está sancionando y aplicando 8 días de arresto con servicios", lo que se encuentra en vía de apelación.

Ante ello, la Corte de Apelaciones avaló la sanción de la institución, pues, " se comprueba que la falta que se atribuye al recurrente fue objeto de una investigación sumaria".

Además, en su recurso el sargento asegura que fue calificado y clasificado en lista 3 de observación, "correspondiéndole ser calificado en lista 1 de méritos", hecho que la sala desestimó por haber todavía etapas pendientes en dicho proceso.

Una tercera situación consigna el sargento Bustos como parte de los hostigamientos, ya que cuenta que encontrándose con licencia médica psiquiátrica "se argumentó haber sido notificado para asistir a examen de capacidad física, lo que no es efectivo y por esta circunstancia el mayor López le está aplicando 4 días de arresto con servicios, con el único fin de perjudicarlo".

Ante ello, la Corte resolvió que "tampoco existen antecedentes en autos que permitan demostrar la ilegalidad o arbitrariedad de la referida sanción disciplinaria".

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