Laboratorios acuden a la Suprema contra licitaciones de Cenabast

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Asilfa denuncia que "empaquetamiento" de demanda de medicamentos permite a entidades morosas participar. Gremio ingresó reclamación ante el máximo tribunal luego de que el TDLC desestimara los antecedentes.




Hasta la Corte Suprema llegó la semana pasada la Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Chilenos (Asilfa), para ingresar un recurso de reclamación contra la resolución del Tribunal de Libre Competencia (TDLC) que desestimó que algunas licitaciones de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast), atenten contra la libre competencia, como acusa el gremio.

Según lo expuesto por Asilfa, en el sistema de suministro de fármacos a instituciones de salud del sector público, que se realiza a través de licitaciones de Cenabast, se producen al menos cinco irregularidades.

En primer lugar, Asilfa apunta al "empaquetamiento" de la demanda de medicamentos de entidades públicas por parte de Cenabast. El gremio asegura que esto permite que entre las más de 500 entidades que requieren los fármacos se incluyan aquellas que mantienen altas morosidades, entre ellas municipalidades y corporaciones de salud.

"Pedimos que bajo determinado escenario, cuando la deuda sea muy alta, estas entidades queden fuera del sistema", dice Oscar Corvalán, abogado de Asilfa. Si bien destacan que con posterioridad a la consulta presentada en 2015 ante el TDLC -y desestimada en marzo de este año- Cenabast ha comenzado a dejar fuera a algunas instituciones morosas, insisten que esta exclusión sigue siendo una decisión discrecional.

Otro reclamo que plantea Asilfa refiere al aplazamiento en el pago a los proveedores. Aunque la ley de compras públicas señala que este desembolso debe realizarse en 30 días, acusan que si ello no ocurre el laboratorio está imposibilitado de hacer ninguna gestión hasta que transcurran otros 30 días, recién después de lo cual puede solicitar a Cenabast una autorización para suspender el envío de medicamentos.

"Luego, Cenabast se toma otros 15 días hábiles para pronunciarse sobre la solicitud, con lo que se genera una extensión artificial de la ley para pagar a 30 días", enfatiza Corvalán. "Nosotros no queremos que esa decisión sea discrecional, sino que se ejerza en derecho, algo que hasta la Fiscalía Nacional Económica (FNE) ha estado de acuerdo con nosotros", añade, detallando que incluso pasaron dos años sin que Cenasbast otorgara ninguna autorización de suspensión de entrega de medicamentos.

Estatuto

Adicionalmente, Asilfa acusa un desequilibrio en el estatuto de derechos y obligaciones, ya que a su juicio, todas las garantías de cumplimiento las pone el proveedor. "Los hospitales no dan garantías. Las multas son para los proveedores y los que no cumplen no tienen multas. Además, se requiere una instancia neutral de resolución de conflictos ya que hoy Cenabast se queda con las multas" agrega el abogado, apuntando a que se solicita que esta labor la cumplan los Tribunales de Justicia.

Precisan que de acuerdo a las bases de licitaciones, los proveedores no pueden terminar anticipadamente el contrato si es que no reciben pago. "Y si no les pagan, tampoco pueden dejar de despachar el producto a la entidad morosa que no les paga. Y si lo hicieran les aplican multas. Entonces se produce la cautividad de los proveedores, no pueden salir de ahí", dice Corvalán.

Los laboratorios aseguran que la decisión del TDLC "que dice que aquí no hay antecedentes para definir el mercado y por tanto sin ello no puedo medir si Cenabast tiene poder en el mercado o no, es completamente errónea". Apuntan que "en las propias bases está definida la cautividad, los laboratorios no pueden terminar anticipadamente los contratos, no pueden dejar de despachar y si lo hicieran les aplican multas elevadas y con incentivo para Cenabast para aplicarla porque es el que se beneficia de las multas".

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