Los argumentos de Deportes Concepción para ir a la Corte Suprema tras fallo adverso contra la ANFP

Deportes Concepción



Tras nueve meses de espera, la semana pasada se conoció que la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió en favor de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional en el caso en donde Deportes Concepción buscaba revertir su desafiliación, que fue votada el 26 de mayo de 2016. Obviamente, ello no dejó conforme a la parte penquista, que presentó la apelación a este fallo con el fin de que la Corte Suprema lo revoque.

Justamente, este lunes lunes, el abogado Roberto Coloma presentó la apelación "con el objeto que dicho Tribunal Superior, conociendo del recurso de apelación, revoque la sentencia impugnada y en definitiva resuelva acoger dicho recurso de protección en la forma solicitada en el petitorio de dicho recurso, ordenando el inmediato cese del acto ilegal y arbitrario que lo motiva, esto es, la decisión de desafiliar al Club Deportes Concepción de la Corporación recurrida, privando de su calidad de socia de la referida Corporación y dueña de los derechos federativos del Club a la sociedad Deportes Concepción SADP".

Junto con lo anterior, pide que se deje "sin efecto dicha decisión y ordenando acto seguido que la sociedad Deportes Concepción SADP sea inmediatamente restablecido en todos y cada uno de sus derechos que como tal le corresponden conforme a derecho en la Corporación recurrida, así como la adopción de toda otra medida que sea necesaria para el completo restablecimiento del derecho, con costas".

En el texto, Coloma recalca que "la decisión del Consejo de Presidentes de desafiliar (expulsar) al club Deportes Concepción de dicha corporación no se adoptó en un procedimiento racional y justo como lo ordena perentoriamente la ley".

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Clubes jueces y parte

Según la apelación, "los estatutos de la Corporación recurrida (ANFP) no establecen un procedimiento determinado para conocer y resolver la aplicación de la sanción más grave que se le puede aplicar a un asociado, como lo es su expulsión o desafiliación. Lo único que señalan los estatutos a este respecto es que la desafiliación será conocida y sancionada por el Consejo de Presidentes, que puede obrar de oficio o a propuesta del Directorio y el quorum necesario para aprobarla, pero nada más. No existe en los estatutos de la recurrida un procedimiento que garantice adecuadamente el ejercicio del derecho de defensa del asociado que se pretende expulsar, no se respeta el principio de la bilateralidad de la audiencia, no existe una instancia de formulación de cargos que permita conocer con precisión las imputaciones que se formulan ni se dispone de un plazo razonable para formular descargos ni mucho menos para rendir prueba y allegar antecedentes que desvirtúen o puedan desvirtuar la propuesta de expulsión, ni mucho menos existe una instancia de apelación o similar que permita revisar la decisión del Consejo de Presidentes el que se constituye en tribunal de única instancia".

Además, el texto enfatiza en intereses deportivos de dos clubes que votaron a favor de la desafiliación de los penquistas: "El caso más grave fue el caso del Club Iberia de Los Ángeles, que concurrió por medio de su representante Sr. Romero y votó a favor de la desafiliación del Club Deportes Concepción. A esa fecha el Club Deportes Concepción había ganado en cancha su derecho a disputar la liguilla final por el ascenso a Primera A desplazando precisamente al Club Iberia de Los Angeles. Pues bien, a consecuencia de la desafiliación del Club Deportes Concepción, el Club Iberia de Los Angeles, que voto a favor, pasó a ocupar su lugar en dicha liguilla obteniendo un beneficio deportivo directo así como un beneficio económico por los ingresos que obtuvo al llegar a dicha instancia".

"La importancia del voto del Club Iberia de Los Ángeles no solo radica en lo ya dicho sino en el hecho de que si se hubiese abstenido de votar - que era lo racional y justo-, no se habría obtenido el quorum necesario para aprobar la desafiliación del Club Deportes Concepción, toda vez que como lo señala la propia sentencia el quorum se alcanzó con lo justo", recalca el texto.

Agrega: "Se presentó también el caso del Club Coquimbo Unido que también participó del Consejo de Presidentes del 26 de abril de 2016 y votó a favor de la desafiliación, no obstante que a esa fecha dicho Club había denunciado al Club Deportes Concepción ante el Tribunal de Disciplina de la ANFP y dicha denuncia se encontraba pendiente de resolución. De hecho, el Club Deportes Concepción estaba citado a audiencia al Tribunal de Disciplina con ocasión de esta denuncia para el mismo día 26 de abril, a las 19:00 horas, la que no tuvo lugar por efectos de la desafiliación que se aprobó horas antes con el voto a favor del Club Coquimbo Unido, que como dije, obraba como denunciante".

"No está demás decir en este punto que el interés del Club Coquimbo Unido en el resultado de la desafiliación del Club Deportes Concepción era evidente porque dicho Club corría riesgo de descenso y disputó hasta el final con el Club Barnechea por mantener la categoría", adiciona.

Marcha Deportes Concepción

Suma otro club: "Y, finalmente, está el caso del Club Barnechea que también participó del Consejo de Presidentes del día 26 de abril de 2016 no obstante tener interés directo en el resultado de la votación. Obligatorio es decir si que en este caso sus dirigentes tuvieron la decencia de abstenerse de votar, pero al comparecer y asistir al Consejo, además de emitir opinión, incidieron en la obtención del quorum necesario para aprobar la desafiliación".

"De hecho, el Club Barnechea, que finalmente descendió de categoría, interpuso ante esta misma Corte de Apelaciones un recurso de protección cuyo antecedente fundamental era precisamente la desafiliación del Club Deportes Concepción como es de público conocimiento (Nota de la Redacción: Buscaban salvarse del descenso a costa del cupo generado por la desafiliación de los penquistas). Entonces ¿Puede considerarse racional y justo un procedimiento en que se constituyen como verdaderos jueces 3 Clubes que tienen interés directo en el resultado de la votación? Categóricamente no".

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