Este miércoles se dieron a conocer los argumentos de la sentencia de la Corte Suprema que por 9 votos a favor y 8 en contra desaforó al senador UDI Iván Moreira, quien es investigado por la emisión de boletas ideológicamente falsas, por más de $38.888.890, en el marco del caso Penta.

El fallo, dado a conocer por la ministra redactora de la sentencia, Andrea Muñoz, confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que aprobó la pérdida de su inmunidad parlamentaria.

Los ministros que apoyaron el desafuero sostuvieron que "queda de manifiesto la presencia de antecedentes serios y graves que hacen plausible la configuración del delito atribuido y permiten presumir fundadamente la intervención del imputado en el mismo, comprensiva –a lo menos- del conocimiento del hecho típico y la voluntad de su realización".

Entre los argumentos sostuvieron que "los hechos hasta ahora comprobados y/o aceptados por el indagado llevan a descartar que la conducta que se le atribuye sea jurídicamente irrelevante bajo el prisma penal y ajena a la figura típica que sustentó la formalización y ha sido invocada en la solicitud del desafuero".

En este sentido, "no queda sino concluir que la resolución en alzada resulta ajustada a los parámetros del convencimiento preliminar requerido en esta etapa condicionante de la prosecución del proceso penal incoado en contra de un senador de la República".

Argumentos contrarios al desafuero

La votación fue estrecha. Entre los argumentos de los ministros que estuvieron por rechazar el desafuero se encuentra que "no surge de los antecedentes reunidos prueba suficiente que permita tener por concurrente en la conducta del imputado el dolo directo de lesionar el patrimonio fiscal, objeto jurídico de la tutela penal contemplada en el tipo delictivo, que requiere esa intención".

También se planteó que "de la totalidad de los elementos de que se ha hecho mención en estrados no es posible en modo alguno extraer que el direccionamiento de la voluntad del senador hubiere estado orientado a alcanzar un fin distinto a aquel relativo al financiamiento de su campaña política".

Otro de los argumentos apunta que "al no concurrir el injusto típico que se persigue a través de la mera facilitación de boletas con el exclusivo y delimitado propósito que obtener el pago de gastos de una campaña electoral, por sobre los aportes regulares, esto es sin ninguna otra finalidad adicional, estamos delante de un acto cuyo reproche se debe sancionar por otra vía en cuanto ello consiste en el incumplimiento de una obligación patrimonial legalmente establecida".

Por lo tanto, a juicio de los ministros disidentes, se está "criminalizando conductas que consideradas en sí mismas, bien podrían estimarse simples contravenciones reparables o perseguibles por la vía de los procedimientos ordinarios de impugnación del gasto o reembolso rechazado y liquidación de los tributos adeudados por las empresas".

Revisa el fallo a continuación:

Fallo Desafuero Morerira Suprema (1) by Anonymous hx5mmd2P7 on Scribd