La Cámara de Diputados ratificó la propuesta de la comisión mixta sobre el proyecto que aumenta las penas a quienes conduzcan u ocasionen un accidente de tránsito en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, o bajo la influencia del alcohol.
Los diputados aprobaron el texto por 82 votos, luego de que la comisión mixta propusiera un artículo para zanjar las divergencias entre ambas cámaras, relacionado con la medida cautelar de embargo del vehículo de quien es sorprendido por Carabineros manejando bajo la influencia del alcohol.
Finalmente los jueces podrán siempre, aunque no medie condena por concurrir alguna circunstancia eximente de responsabilidad penal, decretar la inhabilidad temporal o perpetua para conducir vehículos motorizados, si las condiciones psíquicas y morales del autor lo aconsejan.
El ministro de Transportes, Pedro Pablo Errázuriz, destacó que "con este proyecto, buscamos que las personas tomen conciencia y entiendan que con esta ley no sólo se expondrán a quedar sin licencia de por vida, sino lo que es peor, si manejan con alcohol pueden su propia vida".
Para la promulgación de la ley sólo resta la votación en la Sala del Senado, programada para el 31 de enero.
GRAMOS DE ALCOHOL EN LA SANGRE
Una vez que entren en vigencia estas modificaciones a la Ley de Tránsito, quienes manejen con 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo, serán considerados como conductores en estado de ebriedad. Actualmente la normativa fija el límite en 1,0 gramos de alcohol por litro de sangre.
En cuanto a la conducción bajo los efectos del alcohol, la ley bajará el límite permitido de 0,5 a 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre.
Además, Carabineros podrá someter a cualquier conductor a una prueba respiratoria u otra prueba científica, a fin de acreditar la presencia de alcohol en el organismo y su dosificación, o si maneja bajo la influencia del alcohol, estupefacientes, sustancias sicotrópicas o en estado de ebriedad.