Reforma a justicia penal militar

08/09/2010 - 04:00
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Señor director:

Es un gran avance que el gobierno de Sebastián Piñera anuncie la reforma a la jurisdicción penal militar, especialmente en un intento por circunscribir la competencia de los tribunales castrenses excluyendo a los civiles de su conocimiento.

Sin embargo, la tarea no es sencilla y requiere una modificación integral. Recordemos que en 2005, el Estado de Chile fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Palamara Iribarne, siendo obligado a modificar la competencia de los tribunales militares y a asegurar el debido proceso ante éstos para los uniformados. Tales consideraciones fueron repetidas en el fallo del caso Almonacid Arellano en 2006 por el mismo tribunal.

Esto significa que la reforma a la competencia es un gran paso, pero es parcial: se requiere modernizar el proceso penal ante los tribunales militares -ajustándolo a uno de corte acusatorio y no inquisitivo- y procurar el efectivo derecho de defensa jurídica para los uniformados que son sometidos ante estas magistraturas. Por otro lado, para asegurar la imparcialidad de los jueces militares se requiere ajustar orgánicamente la composición, financiamiento y reglas disciplinares de estos tribunales.

Si no se arriba a dicho estándar, seguiremos incumpliendo las obligaciones internacionales y permitiendo que el Estado sea continuamente demandado ante la Corte Interamericana. El cumplimiento íntegro de los tratados internacionales es una imposición que Chile debe asumir ahora que su récord internacional está en juego ante la Corte Internacional de Justicia por asuntos territoriales. 

Pablo Contreras
LL.M. (c) International Human Rights, U. de Northwestern

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