Señor director:
Apoyamos la columna del arquitecto Julio Poblete "Calidad de las construcciones", publicada el lunes en su diario. Es indispensable no modificar la ley vigente que asigna responsabilidades exclusivas al propietario primer vendedor, en caso de las construcciones defectuosas detectadas los primeros 10 años desde la recepción final de las obras.
Así se resguardan los intereses de todos los compradores de viviendas, quienes sabrán adonde recurrir en caso de que sus inmuebles tengan fallas estructurales.
Pretender asignar responsabilidades a los diversos profesionales que han intervenido en el proceso constructivo de cada edificación "trucha", es cuidarles las espaldas a las empresas que vendieron en el mercado sus inmuebles.
Patricio Herman
Fundación "Defendamos la Ciudad"