Señor director:
Hace mucho tiempo existe una normativa para la instalación de jardines infantiles, por lo que nos parece importante y necesario que la Junji cuente con las atribuciones que le permitan supervisar y acreditar la calidad del servicio educativo que entregan los establecimientos que atienden párvulos. Eso implica, entre otros criterios, que también cautelen la calidad profesional de sus trabajadores.
Con respecto al proyecto de ley que dotaría al Mineduc de las facultades necesarias para sancionar los jardines infantiles, tal proyecto debería contemplar, si no lo incluye inicialmente , el resguardo del perfil sicológico del personal que atiende estos centros educativos. Existe una gran variedad de centros formativos y todos apuntan a instruir a los educadores para que propendan al desarrollo integral de los párvulos.
Se tendría que cuidar el ingreso de los futuros educadores a la carrera y sus respectivos perfiles sicológicos, colocándose más resguardos por lo delicado de su accionar.
Ana Alvarez Mena
Mónica Gajardo Campos
Académicas Educación Parvularia, UCSH