Señor director:
No deja de llamar la atención el cambio de actitud del depuesto ex presidente Fernando Lugo. Acepta someterse a un juicio político -que contempla el artículo 225 de la Constitución Política- y asumir sus consecuencias; se da el juicio legal “por mal desempeño de sus funciones” lejos de un debido proceso; reconoce la destitución y sonriente sale de la casa de gobierno. Pero horas más tarde reacciona frente a lo sucedido.
¿Lo hizo considerando las muestras de apoyo de los gobiernos vecinos -cuyas constituciones no contemplan esta figura jurídica-, que podrían sentirse amenazados con esta suerte de “golpe de Estado parlamentario”? A modo de ejemplo, ¿qué podría ocurrir con Cristina Fernández en Argentina y con Evo Morales en Bolivia?
En Chile el año pasado, en el marco del movimiento estudiantil y tras ser el gobierno acusado de ingobernabilidad, clarito se escuchaban voces anunciando: “¡Y va a caer, y va a caer!”, mientras la responsabilidad por heridos en algunas manifestaciones se dirigía al ministro de Rodrigo Hinzpeter. ¿Qué habría pasado si en alguna de estas movilizaciones hubiese habido muertes como en Curuguaty? ¿De qué manera se habría destituido al Presidente Piñera o se le habría obligado a renunciar?
Si se hubiese dado el debido proceso para el depuesto ex presidente Lugo, sin variación de la sentencia, ¿cómo habría reaccionado la comunidad latinoamericana? A todas luces no le cuadraría este artículo 225 de la Constitución del Paraguay, más aún cuando la tónica está en buscar y conseguir la reelección prolongada en el tiempo.
Jorge Saavedra Moena