Señor director:
Con buenas intenciones el gobierno ha promulgado la ley de violencia en los estadios que tiene como fin prevenir los hechos que empañan la sana diversión de quienes asisten a estos recintos. Este contexto ha dado pie para la ejecución de reprobables hechos ilícitos, de los cuales han resultado muertes, lesiones a la integridad física y atentados contra la propiedad.
Esta iniciativa debe ser bien mirada desde la perspectiva de una política criminal moderna, pues pone acento en el deber de los promotores de estos espectáculos de otorgar seguridad a los asistentes y su entorno. Esto, sumado a la aplicación de penas especiales relativas a la prohibición de participar de estos eventos junto con un programa estatal de control y educación, disuadirá a los infractores de la ley.
En cambio, no constituye un medio eficaz de prevención el endurecimiento de las penas privativas de libertad asociadas, pues está comprobado que quienes cometen estos actos no se abstienen en razón de la ley. Además, no se ve con claridad cómo en estas ocasiones se agudiza la antijuridicidad de las conductas sancionadas.
En una sociedad democrática la protección penal de altos valores está sujeta al principio de la proporcionalidad, lo que obliga al legislador a ser cuidadoso en la determinación de las penas asociadas a los delitos para no contestar injusticia con injusticia.
La mejor manera de quitar el espacio público a los delincuentes constituye la promoción de una progresiva confianza con los otros, en virtud del desarrollo de actividades en un contexto seguro y no a través de la aparente inocuización de quienes nos parecen enemigos.
Renán P. Gallardo Angel
Equipo de redacción Revista Chilena de Derecho
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