Gratuidad de la televisión digital

Pretender que TVN y otros concesionarios cobraran por el 50% del espectro que se les asigne, afectaría su obligación de servicio de interés público.

por Raúl Arrieta - 13/07/2011 - 04:00

HACE algunos meses un grupo de parlamentarios y organizaciones de la sociedad civil venimos abogando por que la migración de la televisión de analógico a digital no signifique una nueva cuenta a los hogares. No sólo porque no parece justo que algo que siempre ha sido gratis comience a ser pagado, sino porque trae consigo la erosión de importantes principios relacionados con la convivencia democrática y profundiza las desigualdades.

Recientemente, la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió un antiguo litigio entre TVN y VTR. Dicho fallo, que es unánime, trae una importante noticia en aras de la gratuidad de la televisión. Por una parte, establece que Televisión Nacional de Chile, televisión abierta, tiene una concesión gratuita e indefinida, a cambio de su obligación de servicio de interés público, cual es que se permita a todos los habitantes del país la posibilidad de disponer de un servicio de televisión. Adicionalmente, señala que la actividad realizada por los canales de cable no se puede catalogar como retransmisión, pues se trata de una redifusión simultánea, íntegra e inalterable que se hace de la señal de TVN, y este acto no significa un acto de explotación, sino más bien, la entrega de un medio técnico para que la señal abierta llegue a los hogares de un número de usuarios.

El precedente de tribunales en este caso emerge como contundente y oportuno para seguir insistiendo en la gratuidad de la televisión, ya que en el marco del debate legislativo sobre la televisión digital en Chile, los actuales concesionarios han construido su posición en base a una argumentación contraria a la señalada por la Corte. Es decir, sosteniendo que son poseedores de derechos indefinidos y que, por lo tanto, no pueden ser alterados o licitados, además de solicitar la facultad para establecer dos nuevos tipos de cobro a los usuarios finales: uno por la vía de productos de pago y otro por el cobro por retransmisión de sus señales abiertas por parte de los sistemas de cable y satélite. 

Pretender que TVN o cualquier concesionario de televisión de similares características comiencen, a partir de la migración a digital, a cobrar a los hogares de Chile por el 50% del espectro que se les asigne, supone afectar la obligación de servicio de interés público que ellos tienen. Al mismo tiempo, los concesionarios de televisión no tienen fundamento para pretender que los operadores de cable y satelital les paguen por incorporar en su grilla a dichos canales, ya que en realidad lo único que hacen es facilitar sus medios para posibilitar que la televisión llegue al mayor número posible de personas. Con ello, se fortalece el hecho de que lo realmente relevante es que todos los habitantes del país podamos acceder a la televisión, sin importar el lugar en que nos encontremos y el medio a través del cual ésta llega.

No queda más que hacer un llamado al gobierno y a los parlamentarios para que de una buena vez se transparenten los verdaderos objetivos de política pública que se encuentran tras el advenimiento de la televisión digital y se cumpla la promesa de dar a todos los chilenos y chilenas más y mejor televisión para todos.

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