Juez Carroza rebaja pena al "comandante Ramiro" a 30 años

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El ministro en visita le aplicó la media prescripción a Mauricio Hernández Norambuena, condenado por el homicidio de Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián Edwards: pasó de presidio perpetuo a 15 años por cada delito. Actualmente, cumple sentencia en Brasil por el secuestro de un empresario, país que en su momento autorizó su extradición, siempre que tuviera una condena menor o igual a 30 años.




Pasó de enfrentar una condena de presidio perpetuo simple a 30 años de cárcel. Así quedó la situación judicial del ex miembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Mauricio Hernández Norambuena, quien estaba sentenciado por el homicidio del senador UDI Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián Edwards, ambos hechos ocurridos en 1991.

Esta fue la decisión que tomó hoy el ministro en visita de los ambos caso, Mario Carroza, quien, tras una petición de la defensa del "comandante Ramiro", decidió aplicarle la medida de media prescripción de la pena bajándole un grado la pena, de presidio perpetuo a presidio mayor en su grado máximo, o sea 15 años y un día por cada delito.

Actualmente, Hernández Norambuena está recluído en la Cárcel Federal de Porto Velho, en Brasil, ubicada cerca de la frontera con Bolivia, a raíz de su detención en 2002 por el secuestro del empresario brasileño Washington Olivetto. Por este hecho, fue sentenciado a 30 años de cárcel. El ex frentista escapó de Chile en 1996, cuando se fugó de la Cárcel de Alta Seguridad junto a otros tres ex subversivos.

En 2004 la Corte Suprema de Justicia de Brasil había autorizado la extradición del ex frentista a Chile, siempre que tuviera una condena menor o igual a 30 años. Si es confirmada esta resolución de Carroza, este requisito se cumpliría y se podría abrir una nueva posibilidad de traer a "Ramiro" a cumplir la condena en el país.

Argumentos de la petición

Según la petición realizada por el abogado del "comandante Ramiro", Alberto Espinoza, "desde la evasión desde la Cárcel de Alta Seguridad hasta hoy han pasado 19 años, 8 meses y 15 días. El artículo 103 del Código Penal establece la media prescripción como una circunstancia, para estos efectos, minorante de la pena cuando ha transcurrido la mitad del tiempo exigido para la prescripción (total) de la pena".

Agrega que ese plazo "es de 15 años (en el caso del presidio perpetuo), el que comienza a correr desde el quebrantamiento de la condena" y señala que en caso de que el sentenciado esté en el extranjero ese período se duplica, o sea, se cuenta un día de prescripción cada dos días de ausencia.

"Pido que se le rebaje las penas al máximo establecido en la ley, considerando las condiciones extremas e inhumanas de encarcelamiento que ha debido soportar Mauricio Hernández en Brasil", concluye el abogado.

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