Rechazan recurso contra el Registro Civil por impedir inscribir hijo a pareja del mismo sexo

Registro Civil

La resolución hizo presente que el organismo actuó de manera legal, por cuanto "un individuo no puede tener más de un padre o más de una madre".




En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra del Registro Civil por una pareja del mismo sexo, a la que se le impidió inscribir a hijo con dos madres. 

La resolución adoptada este martes por la Duodécima Sala del tribunal de alzada, descartó que el organismo haya actuado de manera arbitraria  o ilegal en su determinación, pues actuó "dentro de la esfera de su competencia".

"Que las normas sobre estado civil vigentes en nuestra legislación nacional, son de orden público, de manera que no puede disponerse por voluntad de las personas ni tampoco puede existir una interpretación extensiva de ellas. Que dicho de otro modo, de ellas es posible advertir, que un individuo no puede tener más de un padre o más de una madre. Y para impugnar dicha calidad es menester recurrir a las acciones de impugnación de maternidad o paternidad, respectivamente que contempla el citado cuerpo de leyes", sostiene el fallo.

El hecho de que la pareja haya celebrado un Acuerdo de Unión Civil, según la Corte, "sólo les confiere a ellas el estado civil de convivientes civiles pero ningún efecto produce en el caso materia de estudio", por cuanto sólo se refiere al régimen de bienes.

"No puede entenderse que con dicha convención o acuerdo haga extensivo o pueda hacer nacer algún derecho en materia de relación filiativa", se puntualiza.

Es así como se hizo hincapié en que "la actual legislación no contempla la posibilidad de que un individuo pueda estar inscrito a la vez por dos madres, pues la maternidad está determinada por el hecho del parto".

Para Juan Enrique Pi, presidente ejecutivo de Fundación Iguales, "las apreciaciones de la Corte de Apelaciones de Santiago son bastante erradas, especialmente respecto al carácter familiar de la unión civil. Aquí estamos en presencia de una familia que se sometió a una técnica de reproducción humana con la intención de tener un hijo en común, y la Corte de Apelaciones ha decidido omitir ese aspecto fundamental del caso".

Por su parte, Emma de Ramón, integrante del directorio de Iguales y una de las madres del menor, aseguró que "respecto al fallo, nosotras seguiremos luchando por los derechos de filiación de nuestro hijo, ya sea en instancias nacionales e internacionales. Nuestro hijo merece que su familia sea reconocida por el Estado y protegido por ella tal como ocurre con el resto de los niños chilenos".

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