SBIF presenta cargos en contra de Itaú-CorpBanca por operaciones con cascadas

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La Corte de Apelaciones y la Suprema dejaron sin efecto la multa que la SBIF cursó a CorpBanca.

Banco tiene 20 días para presentar descargos. Informó el hecho en su balance al tercer trimestre.




El 23 de octubre, la Superintendencia de Bancos e Instituciones financieras (SBIF), informó a Itaú-CorpBanca de la formulación de cargos en su contra por una supuesta transgresión de los límites de crédito individual en operaciones con las sociedades cascadas de SQM, Norte Grande, Potasios de Chile y Pampa Calichera, en 2011, 2013 y 2015, respectivamente. Se trata de las mismas transacciones por las cuales el regulador multó a Corpbanca a fines de 2015, por $ 21 mil millones (US$ 30 millones) y que fue dejada sin efecto por la Corte de Apelaciones de Santiago en agosto de 2016.

Así lo detalló el banco en su informe de resultados al tercer trimestre de este año, indicando, además, que tiene 20 días hábiles para hacer sus descargos, sin perjuicio de los demás recursos que le permite la ley.

Se trata de la primera formulación de cargos de la SBIF para estas operaciones y responde a las exigencias de "debido proceso" que le fueron demandadas cuando se dejó sin efecto la multa aplicada. Conocedores del proceso indican además, que esta vez podría haberse reconocido que al menos una de las operaciones, está prescrita. Consultados al respecto, tanto el banco como la SBIF, declinaron comentar. El banco Itaú-CorpBanca está ligado al grupo Saieh, a su vez controlador de Copesa, empresa que edita La Tercera.

En el documento el banco detalla los hitos de este conflicto en 2017, partiendo con la resolución del 17 de julio, cuando la SBIF dispuso "la continuación de un procedimiento administrativo sancionador contra el Banco por supuestas transgresiones de los límites de crédito individual", en préstamos a las sociedades cascadas, dice el texto. Dos días después, Itaú-CorpBanca recurrió de reposición en contra de tal resolución por estimarla contraria a derecho, entre otras razones, "porque no existe procedimiento administrativo instruido por la SBIF en contra del Banco que pueda ser continuado", lo que también fue suscrito por la Corte Suprema al desestimar el recurso de queja de la SBIF. El 24 julio, el regulador rechazó el recurso de reposición del banco argumentando que "el procedimiento estaba en etapa indagatoria, sin que el Banco esté siendo parte formalmente de un procedimiento administrativo sancionador".

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