Servel rechaza 252 candidaturas a elecciones por no cumplir con legalidad

servel

El Servicio Electoral recibió 2.833 postulaciones, siendo aceptadas seis candidaturas presidenciales -más las dos que ganaron las elecciones primarias-, 124 a senadores, 910 a diputados y 1.541 a consejeros regionales.




Un total de 252 candidaturas fueron rechazadas por el Servicio Electoral (Servel), por no cumplir con las exigencias legales, lo que corresponde al 9% de las 2.833 declaraciones que recibió el organismo de los postulantes a las elecciones presidenciales y parlamentarias de noviembre próximo.

La información la entregó esta tarde el Servel, previo a la publicación de mañana sábado, señalando que los candidaturas rechazadas podrán reclamar e intentar revertir su situación ante los Tribunales Electotales Regionales (TER) o el Tricel, entre el 3 y el 7 de septiembre.

El proceso se decantó luego de concluyó la revisión de los antecedentes presentados por los partidos políticos, pactos electorales y candidatos independientes, por lo que el Servel emitió las resoluciones de aceptación o rechazo de las declaraciones de candidaturas, que recibió hasta el pasado lunes 21 de agosto. Éstas se publican este sábado 2 de septiembre en el Diario Oficial, para el caso de las elecciones presidenciales y parlamentarias, y en uno de los diarios de mayor circulación de cada región, para las elecciones de consejeros regionales (cores), de acuerdo a la Ley 18.700.

Durante el proceso, se examinaron un total de 2.833 declaraciones, de las cuales 252 resultaron rechazadas por no cumplir con alguno de los criterios exigidos en la legislación vigente, tales como poseer nacionalidad chilena, la edad requerida para desempeñar cada cargo, acreditar enseñanza media en el caso de los senadores y diputados, y, en el de estos últimos, tener residencia de al menos dos años en la región del distrito electoral al que postulan.

Además, este año debutó la exigencia legal del porcentaje de sexo en las candidaturas que presentaron las colectividades, donde ni hombres ni mujeres pueden superar el 60%. Para el cargo de senador, todos los partidos cumplieron con dicha norma; mientras que para el de diputado, dos no lo hicieron, situación que lograron superar dentro del plazo legal para ello.

Considerando a los candidatos nominados en primarias, que en el caso de la elección presidencial son dos y en los diputados 18, en el actual proceso se declararon 943 mujeres, que representan el 33% del total de candidatos. Asimismo, un 18% de los candidatos tienen entre 18 y 34 años, un 54% entre 35 y 54 años, y el 29% restantes más de 55 años.

Candidaturas aceptadas luego de primarias

Según la información analizada por el Servicio en este proceso, resultaron aceptadas seis candidaturas presidenciales -más las dos que ganaron las elecciones primarias-, 124 a senadores, 910 a diputados y 1.541 a consejeros regionales, quienes aspiran a los 23 cupos que se eligen en esta oportunidad en el Senado, a los 155 en la Cámara de Diputados y a los 278 de los 15 Consejos Regionales del país.

En este contexto, la Región Metropolitana de Santiago -que es la que cuenta con el mayor porcentaje de población y electores y, por tanto, elige más cargos- lidera el listado de candidaturas aceptadas, con 484. Le sigue la Región de Valparaíso, con 268; y la Región del Biobío, con 236.

En cuanto a los pactos, se formalizaron siete alianzas parlamentarias y nueve para consejos regionales. Del mismo modo, hay dos partidos que llevan listas parlamentarias sin constituir pactos y otros tres que tienen sus propias listas para cores.

Apelaciones y listas

Los partidos políticos y los candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de las resoluciones -es decir, hasta el 7 de septiembre-, reclamar ante los Tribunales Electorales Regionales (TER) en el caso de los cores y ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) en el de candidatos presidenciales y parlamentarios. Desde la interposición del reclamo, dichos tribunales cuentan con diez días para emitir su fallo.

Dentro de los tres días posteriores al vencimiento del plazo para reclamar o desde el fallo del Tricel, el Director del Servicio Electoral inscribirá las candidaturas en un Registro Especial. Desde este momento se considerará que los candidatos tienen la calidad de tales para todos los efectos legales.

Finalmente, a las 9 horas del tercer día de expirado el plazo anterior, en audiencia pública se realizará el sorteo con las listas declaradas por los partidos políticos o pactos electorales para determinar su orden de precedencia en la respectiva cédula electoral.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.