Sofofa: "Concordamos con el fallo del TC en la falta de independencia que tendría el Sernac"

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El segundo vicepresidente de la Sofofa, Gonzalo Said, sostuvo que es inviable que un servicio público que sea juez y parte.




El segundo vicepresidente de la Sofofa, Gonzalo Said, valoró el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que eliminó las facultades normativas y sancionatorias del proyecto de ley que fortalecía al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

"La declaración de inconstitucionalidad del TC confirma los problemas estructurales que planteamos respecto del proyecto en cuanto a la inviabilidad de un servicio público que sea juez y parte, así como la indeterminación y amplitud de las facultades normativas atribuidas", dijo el dirigente gremial.

Añadió que "concordamos con el fallo del TC en la falta de independencia que tendría el Sernac respecto del gobierno central, quien tendrá siempre un legítimo interés en orientar una política de protección al consumidor, pudiendo soslayar por tanto las consideraciones técnicas que todo órgano sancionador debe privilegiar, especialmente si mantiene la titularidad de acciones colectivas".

Said sostuvo que se deben reducir y acotar los espacios de discrecionalidad de los servicios de la administración pública.

Por ello, enfatizó "insistimos en la necesidad de implementar un procedimiento que asegure que, más allá de su legítima orientación política, las leyes sean sometidas previamente a un análisis técnico, legal y económico que evite su aprobación con falencias estructurales como las que representó el tribunal en este caso".

Para esto sostuvo que es fundamental la existencia de una agencia de calidad de políticas públicas autónoma.

En el marco del control preventivo de constitucionalidad, y tal como adelantó La Tercera hace poco más de un mes, el TC declaró en su sentencia "inconstitucionales las nuevas potestades jurisdiccionales que el Proyecto de Ley contemplaba entregar al Sernac", explicando que la decisión tiene "su fundamento en que las medidas que comprenden la facultad de juzgar por parte del Sernac sólo pueden ser adoptadas por un tribunal independiente e imparcial, características que éste no reúne".

En este sentido, destaca que el Servicio "actuaría como juez y parte por cuanto ejercería sus facultades fiscalizadoras (de naturaleza administrativa) para luego aplicar una sanción (de naturaleza jurisdiccional), con efectos que van más allá de una mera sanción administrativa, lo que contraviene, la exigencia de una investigación y un procedimiento racionales y justos".

En cuanto a la eliminación de facultades normativas, el TC destacó que la iniciativa le daba al Sernac "un alcance ilimitado, en circunstancias que amenaza la garantía de que solo la ley puede fijar las reglas entre consumidores y proveedores".

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