VIAJEROS CON REQUERIMIENTOS ESPECIALES

16/11/2009 - 10:31

Personas con discapacidad

Los pasajeros discapacitados pueden volar solos, siempre y cuando presenten un certificado médico que acredite su auto valencia, esto, con el fin de que su vuelo sea seguro. Esto vale también para los enfermos orgánicamente descompensados, agónicos o inconscientes que sólo pueden viajar bajo rígidas medidas de seguridad, que involucran hasta las autoridades de salud.

Con respecto a la Revisión de Seguridad, paso obligatorio antes de abordar el avión, aquellas personas que utilicen algún apoyo médico, marcapasos o prótesis, no serán revisadas con equipos detectores, pero deberán someterse a detección manual AVSEC.

Fuente: Dirección General de Aeronáutica Civil

Mujeres embarazadas

Según la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), las mujeres embarazadas no deberían viajar en el último trimestre de embarazo, con mayor razón si han tenido problemas durante la gestación. Muchas aerolíneas exigen una carta del médico confirmando la buena salud y la fecha estimada del parto a partir de la semana número 28 de embarazo. Es difícil también conseguir un seguro médico para viajar en etapas tardías del embarazo. 

Recién Nacidos

No se recomienda que los recién nacidos (hasta los seis meses) vuelen durante los primeros meses ya que la presión de la cabina puede causar dolor en sus oídos.

Dietas especiales

La mayoría de las líneas aéreas tienen disponibles menús especiales para vegetarianos, diabéticos, celíacos. Otras también tienen menús libres de grasas, bajo en colesterol, sin gluten o sin lactosa, entre otros. Para acceder a estos menús hay que solicitarlos entre 48 y 24 horas antes. Y por supuesto, la variedad de opciones depende de cada aerolínea. 

Viajes con mascotas

Documentación

Para viajar desde Chile a un país extranjero, es necesario obtener un certificado sanitario del SAG (Servicio Agrícola Ganadero), el cual tiene una duración de 10 días. Fuera de este plazo, la mascota debe retornar con un certificado sanitario emitido por la autoridad sanitaria oficial del país en que se encuentre la mascota.

Es necesario consultar en el respectivo consulado si el país de destino exige otros requisitos para autorizar el ingreso de la mascota. Algunos exigen la legalización del certificado sanitario, lo que debe ser solicitado al Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Luego, los documentos deben ser presentados en el Consulado o Sección Consular del país donde van a ser utilizados, con el fin de obtener su autenticación.

Aerolíneas, hoteles y cruceros

Cada línea aérea tiene sus propias condiciones y tarifas al respecto. En cuanto a los hoteles, es necesario preguntar con anticipación. Lo mismo con los cruceros, los que por lo general, no aceptan animales a bordo.

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