Inédita tensión institucional por proyecto Sernac



En junio se cumplirán cuatro años desde que el gobierno pasado envió el proyecto de fortalecimiento del Sernac al Congreso y todavía la iniciativa no se convierte en ley. El último episodio de este proceso se vivió este lunes, cuando acertadamente la Contraloría descartó tomar razón del decreto promulgatorio, señalando que "se advierte que el decreto promulgatorio contiene normas declaradas inconstitucionales".

Esta inédita situación ha tensionado nuestra institucionalidad acercándonos al peligroso abismo de estar a un paso de aprobar un proyecto con serios vicios de constitucionalidad. Es por lo tanto oportuno mirar la tramitación de este proyecto en perspectiva y evaluar objetivamente cómo se llegó hasta este bochornoso estado de cosas.

No cabe duda de que el origen de los problemas de este proyecto está en su débil diseño. Las autoridades del Ministerio de Economía de la época, arrastradas por el espíritu refundacional que caracterizó a la administración anterior, elaboraron un texto que buscaba fortalecer al Sernac dotándolo con un cúmulo de facultades sin precedentes en nuestro ordenamiento jurídico, confundiendo las atribuciones de un órgano parcial e imparcial a la vez ejercidas por una autoridad unipersonal, y elevando abruptamente multas, entre otras anomalías. Durante la tramitación parlamentaria se levantaron vez tras vez las dudas sobre la legitimidad constitucional de algunas facultades, pero el director del Sernac de la época -convertido en verdadero titular del proyecto, con evidentes conflictos de interés- desoyó los cuestionamientos que plantearon académicos, abogados constitucionalistas, expertos en derecho de consumo, asociaciones de consumidores y los gremios empresariales.

Los cambios que se introdujeron en el Parlamento nunca abordaron los problemas estructurales que tuvo el proyecto desde su origen y, dado que los artículos más controvertidos eran de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, no hubo voluntad para corregir los flagrantes vicios de constitucionalidad.

Este clima enrarecido fue la antesala del control preventivo que hizo el TC en el ejercicio de su mandato constitucional. El fallo del tribunal no hizo otra cosa que corroborar las sucesivas alertas que se recibieron durante la tramitación de la iniciativa: declaró inconstitucionales la facultad normativa y la facultad sancionatoria. Pese a que su redacción era perfectible -porque la inconstitucionalidad de la facultad sancionatoria no fue incluida en la parte resolutiva del fallo, lo que ha llamado la atención-, era evidente que por amplia mayoría el TC había tomado posición. Sin embargo, con el ánimo de desafiar la institucionalidad el entonces presidente de la Cámara de Diputados envió el decreto promulgatorio del proyecto sin considerar el fallo completo del TC, obligando al Ejecutivo a despachar un proyecto inconstitucional a la Contraloría.

Con la Constitución y la estabilidad jurídica del país no se juega. Por ello es indispensable tomar conciencia de la gravedad que supone un problema como el que ahora se enfrenta -al punto que por lo inédito del caso los expertos discrepan de cuál es el camino para salir de este atolladero-, y cada una de las instancias involucradas debe hacer su propia autocrítica, para que algo así no se repita.

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