Nombramiento de jueces



SEÑOR DIRECTOR

Más allá de sus desafortunadas palabras sobre supuestas tendencias políticas en la magistratura, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, ha relevado un aspecto clave en la organización de una república democrática: cómo se designan los jueces. Descontando el mecanismo de nombramiento de ministros de la Corte Suprema, la designación de los 1.300 jueces responde a una lógica de la época colonial que no garantiza la independencia de la magistratura, propia de un sistema democrático.

La dimensión más relevante de esa independencia se expresa en que los jueces a la hora de resolver están vinculados a la Constitución y la ley, sin esperanza de premios ni acechanzas de represalia. Un escenario en que los controles de la decisión se materializan a través del sistema de recursos, sin perjuicio de la responsabilidad individual en el ámbito funcionario, civil y penal. Por ello, ambas fases que componen el proceso de designación (aquella radicada en las Cortes para la propuesta de terna y en el Ejecutivo para la designación final) atentan por igual contra la independencia de la función judicial.

Es indispensable que la designación de jueces se someta a un órgano administrativo de rango constitucional, de carácter plural, con acotadas competencias definidas por ley, que proceda a las designaciones primando los criterios de competencia profesional y mérito, transparencia, paridad de condiciones para los oponentes y fundamentación de la resolución definitiva.

Esta reforma judicial es una tarea modernizadora del Estado de primer orden. Como gremio, estamos disponibles a contribuir técnicamente en la discusión que se desprende de las declaraciones del ministro: fortalecer la independencia judicial equivale a mejorar la justicia. Confiamos que el interés del ministro vaya más allá de la opinología y se traduzca en hechos.

Álvaro Flores Monardes

Presidente Asociación Nacional de Magistrados

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