Norma arbitraria



SEÑOR DIRECTOR

Sin cuestionar la experiencia en el servicio público y en particular en la Cancillería del hermano del Presidente, nos sorprendió que no se respetara el principio de inhabilidad por parentesco contenido en la Ley 19.653 que tan categóricamente se ha aplicado sin excepción en nuestro Servicio Exterior.

Los únicos que se eximen de la aplicación de esta norma son los funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden. Sin embargo, hasta 1999, cuando entró en vigencia la ley, también se exceptuaba al Servicio Exterior de este principio. La razón de entonces es la misma que nuestro gremio ha planteado y continúa esgrimiendo: los diplomáticos de carrera ingresamos a la Academia a través de concurso público, de oposición de antecedentes y ciego; es decir, los postulantes llegan a la última instancia con un número que garantiza el anonimato y la imparcialidad.

Por generaciones hemos intentado conciliar el espíritu de la ley con la realidad de nuestra carrera, que anula la posibilidad de que nuestros hijos puedan ingresar al Servicio Exterior, estableciendo una discriminación injustificada.

Esperamos que a partir de la enorme discusión en torno a la fallida nominación mencionada, las autoridades se abran a modernizar esta norma que excluye discriminatoriamente a nuestros familiares para ingresar a la carrera y ser parte del Servicio Exterior.

Marta Bonet

Presidenta Asociación de Diplomáticos de Carrera

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