El derecho a una nueva oportunidad




Hace pocos días se conoció acerca de la planificación de una visita pastoral del Santo Padre al Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín (CPF). La ocasión nos parece propicia para poner de relieve la necesidad de fortalecer los procesos de reinserción femenina entendiendo su impacto, no sólo en dicha población penal, sino que principalmente en sus hijos y sus familias. Cabe destacar que este grupo  cuenta con un promedio de 3 hijos por mujer, siendo a lo menos uno menor de 18 años, situación cuyo impacto se expresa en los 4 de cada 10 internos de la cárcel que tuvieron un adulto responsable preso, más aún en el caso de mujeres en que mayoritariamente son hogares en donde ellas son las sostenedoras.

Las mujeres que cumplen condena son básicamente de dos perfiles: hurto y micro tráfico. Más de un 60% de ellas sufrieron algún maltrato en su infancia, o agresiones graves de su pareja, mientras que cerca de 1/3 son consumidoras problemáticas de drogas, tasas que exceden con creces a la población común y que demuestran los niveles de exclusión social que enfrentan.

Mayoritariamente, las mujeres privadas de libertad tienen condenas de faltas y simples delitos. Para ellas, cumplir su tiempo en la cárcel es comenzar el camino hacia la reunificación familiar, es también la esperanza de encontrar un trabajo que las mantenga alejadas de lo que las llevó a ella, pero a veces no resulta simple. La reinserción de quienes han cumplido enfrenta un obstáculo importante en un proceso que data desde 1932 y que norma la eliminación de antecedentes penales  a través del decreto 409 que, en la práctica, opera como una pena accesoria, pues la persona ya cumplió su castigo.

La evidencia internacional está de acuerdo en que el sentido de pertenecer a la sociedad y el trabajo son factores esenciales para dejar de delinquir y el actual sistema de eliminación de antecedentes opera en sentido inverso. Los antecedentes penales se tornan un estigma que genera una identidad delictual perpetuando la situación de exclusión social, pues con ellos no logran acceder a puestos de trabajo  o  iniciar procesos ante tribunales de familias cuando quieren volver a vivir con sus hijos.

Por esta razón, es que creemos que se debe proponer la eliminación automática de todo registro de antecedentes penales una vez cumplida la condena, porque no existe una justificación para su existencia, más allá de la distinción como circunstancia modificatoria de responsabilidad que observan los tribunales al establecer la pena, entre reincidentes y no.

La legislación nacional progresivamente ha integrado la omisión y eliminación automática de antecedentes penales en cuerpos normativos más modernos, así tenemos  los casos de la ley 18.216 modificada por la ley 20.603 referente a la sustitución de las penas, en donde se impone la obligación al tribunal de informar al Registro Civil la eliminación u omisión de antecedentes penales, contrario a lo que hace el DL409, que obliga a la persona a actuar.

Otro caso es el de la ley 20.084 de Responsabilidad Penal Adolecente, donde se establece que los antecedentes penales relativos a procesos o condenas de menores de edad, sólo podrán ser consignados en los certificados que se emitan para ingreso a Fuerzas Armadas, policías etc. por tanto la regla general es la omisión de anotaciones prontuariales.

En consecuencia, no existe una razón fundada para que no avancemos en esta materia, al menos, en el grupo prioritario de mujeres que habiendo cumplido su condena por falta o simple delito inicie su proceso de egreso y reinserción. Es importante también que exista, para los casos que se contemple multa como el microtráfico, la posibilidad de  sustitución de ella  por la prestación de servicios, inmediatamente se encuentre firme la sentencia.

Estas medidas contribuyen a evitar la reincidencia deteniendo las trayectorias delictivas en ellas y la transmisión intergeneracional del delito, mejorando las capacidades de inserción social para ellas y sus hijos. Esperamos que  la visita del Papa al CPF más allá de lo Pastoral y traiga un gesto de parte de las autoridades para hacer posible el derecho a una nueva oportunidad.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.