Dominga: un proyecto ilegal




EL ACTUAL estado de nuestro planeta exige modificar de manera urgente los modelos productivos. Los indicadores que dan cuenta de las alteraciones producidas sobre la Tierra amenazan la persistencia de la vida como la conocemos.

En este contexto se requiere de una gobernanza y gestión ambiental seria que, con altura de miras, permita prever que los intereses y actividades humanas -además de viabilizar el desarrollo socioeconómico- no transgredan los límites de resiliencia y capacidad que brinda el territorio.

En este sentido, las irregularidades observadas en la tramitación del proyecto minero portuario Dominga -que considera construir dos minas a rajo abierto, para extraer hierro y cobre por 22 años de vida útil, una planta desalinizadora y un puerto en Totoralillo Norte- lo convierten no solo en ilegal, sino que también en ilegítimo, pues manosea mañosamente garantías fundamentales del estado de derecho.

No comentaré el complejo escenario que se abre de probarse que el exsubsecretario de Minería (Pablo Wagner) recibió dinero de un controlador del grupo Penta que a su vez es el dueño mayoritario de Dominga a través de Andes Iron. Me centraré en la dramática evidencia de una institucionalidad ambiental paupérrima e irresponsable frente a la riqueza de nuestro territorio.

Las irregularidades se inician con la presentación del Estudio de Impacto ambiental (EIA) pues la línea de base, donde se describe detalladamente el área de influencia del proyecto para evaluar su posterior impacto, indica que no existen zonas bajo protección oficial o sitios prioritarios en el área afectada.

El EIA omitió que a solo siete kilómetros de donde se emplazarían las instalaciones portuarias se encuentra el sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad Punta Teatinos que incluye a Isla Pájaros. Y, a menos de 23 kilómetros están los sitios prioritarios Área Marina Punta de Choros, Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, Reserva Marina Islas Choros Damas e Isla Gaviota.

Tal falencia fue detectada por la Corporación Nacional Forestal (Conaf), organismo con competencial ambiental para revisar el EIA, que en su primer pronunciamiento señala que la línea de base presentada no considera estas áreas para efecto de evaluar sus impactos ambientales; enumera las obligaciones nacionales e internacionales que Chile ha contraído en la protección del medio ambiente; destaca la relevancia eco sistémica del área marina protegida; detalla la vulnerabilidad de las especies que la habitan, y resalta su aporte educativo y cultural al registrar más de 60.000 visitas anuales.

No obstante, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), sin fundamento alguno, hizo caso omiso a lo sostenido por Conaf -órgano sectorial a cargo de administrar el área- y permitió que Andes Iron continuara la tramitación del proyecto y no se hiciera cargo de evaluar los impactos que su ejecución pudiese tener en las áreas protegidas. Una información relevante cuya ausencia Conaf denunció cada vez que debió pronunciarse.

La decisión del SEA de aprobar Dominga, pese a no cumplir con la legalidad vigente, se suma a resoluciones similares del mismo organismo que dieron luz verde a proyectos como Castilla, Pascua Lama, Hidroaysén, Agrosuper, más tarde detenidos por los tribunales por ilegales o rechazados por la comunidad por dañinos.

Argumentar que la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental (CEA) de Coquimbo de rechazar Dominga pasa a llevar observaciones técnicas de organismos especializados, es perder de vista la realidad de nuestra frágil institucionalidad ambiental que permite al titular fraccionar el proyecto, y emplazarlo sin considerar los efectos en áreas de alto valor ecológico lo que es inadmisible en cualquier país desarrollado.

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