Ni impostura ni imprudencia




Impostura es la de quiénes con ojos entornados han criticado al Tribunal Constitucional en los medios chilenos para dar notoriedad a una candidatura presidencial y parlamentaria. Impostura ha sido también acusar al Tribunal de excederse en sus atribuciones, proponer su eliminación y al mismo tiempo concurrir a sus audiencias con tenida formal y alegar en sus estrados. Impostura ha sido autodefinirse como constitucionalista y negarse a condenar la cobarde agresión de la cual fueron objeto en las puertas del Tribunal, el ministro Domingo Hernández y el candidato José Antonio Kast. Denunciamos estas imposturas y estas actitudes ridículas y engreídas, pero eso no basta.

Porque, la denuncia de tanta impostura, no nos debe impedir criticar las acciones del Tribunal Constitucional que a nuestro juicio han sido imprudentes. Entre ellas destaca la declaración del Tribunal Constitucional de fecha 29 de septiembre 2017, que se refiere a los préstamos del Banco del Estado a parlamentarios que son candidatos en las próximas elecciones.

Esta declaración en sus puntos 2 y 3 atribuye al Servicio Electoral el control y fiscalización de los créditos bancarios con fines exclusivos de campaña y luego menciona los artículos en que el Tribunal Constitucional funda su competencia para los casos de inaplicabilidad.

En ella se exponen varios razonamientos que pueden confundirse con considerandos de una o más hipotéticas sentencias, que no debían ser parte de una declaración pública. Para significar la confusión que produce esta declaración, el profesor Luis Cordero ha sostenido con ironía que es una nueva fuente del derecho constitucional, que debemos estudiar. Dice además que con ella se lesiona la Constitución y que se inmiscuye en cuestiones políticas de modo improcedente, lo que me parece es afirmar demasiado.

En todo caso, sabemos que el Tribunal Constitucional chileno ha sido criticado con justica por sus atribuciones preventivas y las facultades que ejerce de oficio, por la extensión y coherencia de sus resoluciones y por la responsabilidad constitucional y la posibilidad de acusar a sus integrantes. También se ha propuesto revisar su integración y sistema de nombramientos, y el que todos los casos que lleguen a esa importante magistratura, lo sean a petición de parte. Además, en el caso del Tribunal Constitucional la ciudadanía tiene derecho a esperar que sus comunicaciones y resoluciones contribuyan de manera efectiva a la consolidación de la democracia constitucional chilena. Pero por buenas que sean las intenciones del Tribunal a este respecto, sus declaraciones y comunicaciones públicas no deben confundirse con el ejercicio reglado de sus atribuciones. Lamentablemente la declaración del 29 de septiembre 2017 que surge de oficio y por sorpresa de parte del Tribunal, es una imprudencia comunicacional que no parece hacerse cargo de estas objeciones.

Es de justicia, en medio de tanta impostura, una que otra imprudencia y de tantas críticas, reconozcamos las mejoras del Tribunal Constitucional. Porque en fecha reciente sus sentencias han intentado hacerse cargo de sus precedentes. Porque para apoyar sus funciones se ha profesionalizado su Secretaría y organizado un Departamento de Estudios y una Biblioteca. Porque se ha inaugurado una línea de publicaciones y participado en múltiples actividades académicas que lo prestigian entre sus pares. Estos adelantos que se simbolizan en su nueva sede han dignificado la labor del Tribunal Constitucional chileno y ese es el camino de la mejora gradual que debe continuarse.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.