Reforma al Código de Aguas: diálogo de sordos




En la discusión sobre la reforma al Código de Aguas, cada día se hace más evidente la necesidad de un diálogo maduro y desprejuiciado. De otra manera, Chile no logrará una reforma que esté a la altura de sus necesidades: establecer el derecho humano al agua y la prioridad de consumo; dejar sentada la preocupación por el caudal ecológico en nuestros cursos de agua y el cuidado del medio ambiente; evitar el acaparamiento y la especulación; y, al mismo tiempo, no menoscabar el dominio sobre los Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA).

Esto solo será posible si terminamos con la polarización y evitamos que el tema termine en el Tribunal Constitucional, donde la jurisprudencia indica que todo volverá a fojas cero. Si eso pasa, el país habrá perdido la oportunidad de mejorar y hacer las cosas bien.

La Confederación de Canalistas de Chile -entidad gremial que reúne a la mayoría de las Organizaciones de Usuarios de Agua (OUA)- ha trabajado en un camino alternativo, que permite -como establece textualmente el actual proyecto- que "el acceso al agua potable y el saneamiento sean un derecho humano esencial e irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado", pero sin pasar a llevar la Constitución ni el derecho de propiedad que ésta garantiza. Mejor aún, sin necesidad de modificarla, como propone otro proyecto que actualmente también se tramita en el Senado.

El primer punto de esta "Tercera Vía" es la permanencia y aumento progresivo de la patente por no uso de las aguas, para que en un plazo menor a cinco años se logre la renuncia a los derechos destinados al acaparamiento y la especulación.

Como segundo elemento, supone que en la redacción del proyecto quede meridianamente especificada la no retroactividad de la nueva ley. En tanto que el tercero, implica mantener la palabra "dueño" y no cambiarla por "titular" -cosa que hace el proyecto-, para no generar la sensación de que se intenta debilitar el derecho de dominio sobre los DAA, que es lo que hace posible la operación del mercado y de los mecanismos bancarios de financiamiento, como garantías e hipotecas.

Como cuarto tema está el caso de las aguas que se destinen a protección medio ambiental y caudal ecológico. Ahí estimamos que lo lógico es que provengan de DAA del Fisco, especialmente adquiridos para tales fines, mediante la solicitud de derechos en los cauces no agotados; y la expropiación por causa de utilidad pública en los cauces agotados.

Por otra parte, se hace necesario un fortalecimiento de la actuación de las OUA, que releve a la Dirección General de Aguas de las funciones domésticas y cotidianas de terreno. Eso potenciará la manera en que el sistema de aguas opera hoy, con un costo casi cero para el Estado, sin burocracia y con un alto nivel de eficiencia administrativa y de éxito en la resolución de conflictos, logrando cifras de connotación internacional.

Finalmente, proponemos la entrega de DAA al Fisco en calidad de reserva, pero definidos de la misma manera que el resto de los DAA. Si no se hace así, las Juntas de Vigilancia no podrán distribuir correctamente las aguas.

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