Una ley del siglo XXI




DESDE EL inicio de su tramitación hasta ahora en que se transformó en la ley que moderniza el sistema de relaciones laborales, la normativa ha tenido críticas de todo tipo. Lo claro es que este ha sido un debate legítimo, tanto por la envergadura como por los alcances que tendrá esta transformación para el mundo del trabajo.

Se podrá debatir respecto de la nueva institucionalidad, pero no es bueno exacerbar las posiciones, comparando en muchas oportunidades actuales situaciones de conflictividad que, en rigor, están normadas por la antigua ley. Un gran error.

La nueva ley contempla más de 100 artículos y cambia por completo un capítulo del Código del Trabajo. Es por ello que tanto el Ministerio del Trabajo y Previsión Social como la Dirección del Trabajo (DT) hemos desarrollado un trabajo exhaustivo y completo en diversas áreas para la implementación de esta ley. Se han desarrollado capacitaciones, charlas de difusión para trabajadores, empresarios y abogados a lo largo del país, folletería y próximamente se realizará un seminario con el Poder Judicial.

Esto se suma a la elaboración de tres reglamentos (Consejo Superior Laboral, arbitrajes y Fondo de Formación Sindical), circulares y órdenes de servicios al interior de la Dirección del Trabajo y, muy especialmente, resaltan como ilustrativos de este intenso trabajo los nueve dictámenes publicados por la Dirección del Trabajo, cuyo objetivo es ayudar a la correcta interpretación de la ley.

El hecho de tener los nueve dictámenes listos antes de la implementación de la reforma es muy importante, ya que todos los actores han podido conocer, informar y debatir sobre ellos. Así hemos contribuido a entregar certezas a las partes, más allá de las diferencias de interpretación que se puedan producir.

Otro punto distinto es que pretendan que la DT quiera legislar sobre materias que no están en la ley, y eso es un error conceptual.

El fallo del Tribunal Constitucional dejó un espacio en relación a los grupos negociadores y será la propia DT la que deberá interpretar y aplicar ese aspecto. Para ello emitirá el dictamen, a raíz de una consulta específica.

Igualmente distinto es que sectores políticos, empresariales, dirigentes sindicales, organizaciones gremiales y sindicales, tengan sus propias visiones acerca de las mismas, pero ello no debe, por el bien del país, contaminar el debate y evaluación de la ley.

Es decir, más allá de las críticas legítimas que genera un cambio de esta envergadura, el gobierno se ha ido encargando de disipar las dudas y entregar certezas en todas las materias y, además, está abocado desde el primer día a implementar de la mejor manera la ley, todo ello como corresponde dentro del marco del estado de derecho.

Es por ello que el llamado es que empresas, trabajadores y autoridades aprendamos a utilizar de buena fe las nuevas herramientas que entrega la normativa y generar los espacios de diálogos necesarios al interior de la empresa, que es cómo se deben abordar las relaciones laborales en el siglo XXI.

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