El proyecto de reforma tributaria ingresado la semana pasada al Congreso, propone que a contar de 2018 los dueños de las empresas paguen impuestos a la renta por el total de las utilidades que obtienen de sus compañías y no sólo por aquellas que retiran. Hoy, las ganancias que una compañía destina a inversión, son registradas en un libro denominado Fondo de Utilidades Tributables (FUT), eximiéndose éstas de gravámenes mientras no sean percibidas (retiradas) por los socios. Esto significa pasar desde un sistema tributario de base retirada a devengada.

Desde 1984 (año de su creación) a la fecha, el saldo acumulado en el FUT -pendiente de tributación- supera los US$ 270 mil millones. ¿Tributarán esos dineros conforme a la nueva base devengada?

No. El proyecto del gobierno plantea que ese saldo, el FUT histórico, pueda mantenerse y sólo pague impuestos en la medida que se produzcan giros. Para evitar una doble tributación a contar de la entrada en operación del nuevo régimen, se plantea un orden de prelación en el que los nuevos flujos de utilidades se imputen primero al último ejercicio.

Por ejemplo: una empresa arrastra un FUT histórico por $ 500 millones y en el primer año de vigencia del nuevo sistema (2018) anota una utilidad de $ 100 millones. Si uno de sus socios retira $ 50 millones, éstos serán imputados a la última ganancia. Sólo en caso de que este socio retire utilidades sobre $ 100 millones -digamos, $ 150 millones-, este excedente ($ 50 millones) se imputará con cargo a los saldos del FUT acumulado.

Este retiro adicional tendrá un tratamiento conforme al actual sistema, es decir, pagará impuesto global complementario con derecho al crédito por el gravamen de primera categoría vigente en el año en que se acumuló esa utilidad. Por norma, la utilidad que se vaya imputando al FUT histórico irá desde la más antigua a la más reciente. "De esto, se deduce que el actual FUT, que generalmente está en activos y no en liquidez, podría existir para siempre, en la medida que no se hagan retiros", explica Juan Levenier, socio del estudio Cabello Letonja & Cía. "No hay incentivos ni para hacer retiros ni para acumular más saldo", añade.

Pero, hay una razón adicional para anticipar que algo muy parecido al FUT, aunque con propósito y quizás también otro nombre, seguirá existiendo.

Como se mencionó, en Chile los impuestos pagados por las empresas (primera categoría, hoy con tasa de 20%) son un anticipo de los que corresponden pagar a sus socios como contribuyentes del global complementario (con tasa progresiva que va desde un 5% a un 40%) por el total de sus ganancias anuales.

Es lo que se conoce como sistema tributario integrado. Es decir, si las utilidades de un accionista lo ubican en el tramo de 30%, pagará sólo la diferencia entre eso y el 20% con que ya fue gravada la empresa: en este caso, 10%. Ese crédito, lo pagado en primera categoría por la compañía, se registra también en el FUT, junto con el total de las ganancias percibidas por cada socio, detallando además su origen (participación en sociedades, dividendos, acciones).

Como la propuesta tributaria del gobierno no modifica la integración entre los gravámenes de empresas y personas, el proyecto admite la necesidad de crear un nuevo registro para imputar los créditos entre ambos impuestos.

Este nuevo FUT -que sería entonces ahora más bien un fondo de utilidades tributadas y ya no tributables-, convivirá con el actual libro. En todo caso, dicen tributaristas, ello no debiese generar mayores inconvenientes, ya que la imputación de tributos quedará sujeta al orden de prelación ya detallado.