1) "El Perú confía que la decisión de esta distinguida corte resolverá el último tema limítrofe entre el Perú y Chile, permitiendo así que los dos países gocen de un futuro común de paz y de bienestar para nuestros pueblos".

El agente peruano Allan Wagner fue el encargado de abrir los fuegos con un discurso en el que el tono político prevaleció frente a las disquisiciones jurídicas. En esa línea, la referencia a que el juicio podía resolver el último diferendo limítrofe entre ambos países supuso un guiño a los miembros del tribunal, en el entendido de que un fallo favorable a la postura limeña podía cerrar todo tipo de conflicto bilateral entre Perú y Chile.

2) "No existe ningún tratado y acuerdo alguno en que se establezca una frontera marítima entre Perú y Chile. Llama la atención de que Chile no ha logrado demostrar ni dónde ni cuándo quedó definido".

Durante su alocución, el ex canciller Allan Wagner reiteró en varias ocasiones una idea similar: la inexistencia de tratados o cualquier tipo de documento que fije la frontera marítima entre ambos países. Se trata del punto central de la argumentación peruana: que los tratados suscritos por ambos países y Ecuador en 1952 y 1954 nunca definieron puntos fronterizos.

3) "El Perú es un firme creyente del principio plasmado en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, según el cual las controversias deben ser resueltas por medios pacíficos, incluyendo el arreglo judicial cuando las negociaciones no logran llegar a una solución".

Sólo días después que el gobierno chileno y los ex presidentes Frei y Lagos advirtieran sobre la inconveniencia de que la Corte de La Haya realizara fallos "salomónicos", el agente peruano destacó el respeto de Perú por el derecho internacional y su confianza en el trabajo del tribunal. Y aunque en este punto no aludió directamente a la postura chilena, subrayó que su país busca una solución "pacífica" al diferendo.

4) "El distinguido embajador peruano, Juan Miguel Bákula, en su calidad de enviado especial, realizó una presentación oficial sobre este tema en 1986 al ministro de RR.EE. de Chile... La reacción de Chile fue que estudiaría el tema... Lamentablemente, Chile posteriormente no dio indicación alguna de que estuviera estudiando el tema o listo para conversar sobre el mismo".

Wagner se explayó sobre lo que a su juicio fueron los "intentos infructuosos" que hizo Perú para negociar un límite. El ex ministro también aludió a una nueva propuesta formal que realizó su país en 2004, que fue rechazada por Chile, y a intercambios diplomáticos en 2005, que según él, develaron el nulo interés de Santiago en negociar.

5) "La declaración de 1952 estaba destinada a proteger los recursos vivos que estaban siendo explotados por grandes flotas balleneras y pesqueras. La declaración de Santiago nada tenía que ver con las fronteras laterales (...) A pesar de ello, Chile declara que mediante el punto cuatro de la declaración, las partes declaran su frontera marítima".

El agente peruano dedicó la mayor parte de su intervención a justificar la ausencia de un límite marítimo entre ambos países. Y aludiendo al punto central de la defensa chilena -que los límites fueron fijados en los tratados de 1952 y 1954- Wagner precisó que, a juicio de su país, sólo se trataba de acuerdos pesqueros.

6) "Chile presenta un embrollo de argucias jurídicas (...) no sé a partir de qué alquimia misteriosa Chile transformó acuerdos pesqueros en tratados, generando un debate falso".

Conocido por sus ironías e histrionismo, el abogado francés Alain Pellet fue el más duro en los alegatos. El jefe del equipo jurídico peruano intentó desarticular uno a uno los argumentos de Chile respecto a que los tratados de 1952 y 1954 delimitaron la zona marítima por la frontera norte, así como relativizar el peso que tiene del ejercicio de soberanía que realizó el país en los últimos 50 años en la zona que reclama Perú.

7) "Será la corte entonces, la que determinará cuál es la solución equitativa que habrá

que imponer, aplicando el método de referencia que ya se ha establecido en forma sólida y clarísima en los fallos más recientes de la corte, en particular en el caso de Rumania contra Ucrania de 2009 y el mes pasado en Nicaragua contra Colombia".

Al igual que otros abogados de la defensa peruana, Alain Pellet apeló a que la corte busque una solución "equitativa" y aludió al caso de Colombia y Nicaragua, donde La Haya mantuvo a firme la posición de Managua respecto de la inexistencia de tratados náuticos. Chile ha dicho que ambos casos son distintos, bajo el argumento de que sí existen límites fijados en 1952 y 1954.

8) "La carga que corresponde demostrar a Chile que intenta demostrar la existencia de un acuerdo. Es una carga pesada, dada la inequidad evidente, tan marcada de la línea del paralelo que busca que se establezca".

El punto central del jurista Rodman Bundy apuntó a reafirmar la tesis de que se debe establecer una línea "equidistante" entre los límites marítimos que defienden Chile y Perú y bajo un criterio de "proporcionalidad" de territorio. La solución ideal de Lima la mostró en un Power Point, donde el límite terrestre lo establece en el Punto Concordia y no en el Hito 1, ubicado 264 metros al noreste de la fórmula propuesta por Perú.

9) "No sería correcto interpretar la Declaración de Santiago con los conceptos tal como lo entendemos en la actualidad, sería incorrecto y un anacronismo"

El italiano Tulio Treves desconoció la Declaración de Santiago de 1952 como un tratado. Treves entregó argumentos de contexto histórico que están incluidos en la memoria peruana, como el hecho de que el punto IV de dicho acuerdo establece que el uso del paralelo para fijar los límites marítimos sólo se aplicarán en el caso de que existan islas de por medio en las 200 millas adyacentes al territorio. De esta manera, Lima sostiene que la línea paralela sólo debe aplicarse en el caso de Perú y Ecuador, donde hay islas de por medio, y no en el de Chile y Perú, donde no las hay.

10) "Chile busca argumentos donde no los hay, ya que ninguno de los dos instrumentos (de 1947) pretendía establecer una frontera internacional entre las zonas marítimas ampliadas. Ambos eran instrumentos provisorios".

El abogado Michael Wood se refirió a la primera declaración de Chile y Perú respecto del límite de sus costas, realizada en 1947. Wood sostuvo que dicho acuerdo no fue para delimitar la frontera marítima y que iban en la misma línea de lo realizado por el presidente Harry Truman en 1945: proteger a los Estados ante el aumento de la pesca y caza de ballenas en sus costas.