Sbif cambia circular y autoriza a bancos condicionar tasas a cuentas corrientes
<p>Permite vincular créditos hipotecarios a contratación de otros productos.</p>
A menos de dos meses de haber emitido la norma que ponía término a las llamadas "ventas atadas" de productos en el sistema bancario, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif) anunció ayer cambios importantes a las circulares emitidas en septiembre.
La principal, que prohibía a los bancos condicionar una tasa de interés en un crédito hipotecario a la contratación de una cuenta corriente o tarjeta de crédito, fue modificada radicalmente por una normativa que permite esa ligazón, pero ajustada a algunas condiciones. "Sólo se permite que las empresas bancarias ofrezcan créditos hipotecarios cuya tasa de interés esté condicionada a la contratación de un único producto, tal como una cuenta corriente, una cuenta vista o una tarjeta de crédito, en la cual se pacte un pago automático del correspondiente dividendo del crédito", informó la Sbif ayer.
En septiembre, cuando la Sbif lanzó su anterior circular, el Sernac aplaudió las modificaciones y el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, justificó los cambios junto al titular de la Sbif, Carlos Budnevich. Larraín sostuvo que estas circulares buscaban "fomentar la movilidad y la competencia en este producto y evitar la venta atada condicionada a la tasa de interés o a productos como cuentas corrientes".
Los bancos consideraron que la medida afectaba contratos ya suscritos con sus clientes y cuestionaron la prohibición de ligar la tasa de interés a otros de sus productos. La Asociación de Bancos e Instituciones Financieras pidió cambios que ayer la autoridad acogió.
La Sbif negó que haya cambiado de opinión. "En general se mantiene la imposibilidad de vincular la tasa de interés de los créditos hipotecarios a la mantención de otros productos, excepto en el caso de que se cumplan simultáneamente con los cuatro requisitos que establece la normativa", dijo el superintendente.
Además, aclaró la diferencia entre venta atada y venta conjunta, asignándole la condición de voluntariedad a la segunda. "En la venta conjunta se puede optar a los productos por separado. En tanto que la venta atada no estaría permitida", dijo Budnevich.
No fue la única novedad. La Sbif también modificó la circular que obligaba a los bancos a pedir autorización de los clientes para elevar la comisión de sus tarjetas. Si en septiembre hablaba de consentimiento explícito de los clientes para las alzas en las comisiones, esta vez delegó en los bancos la vía para establecer dicho consentimiento, aunque, dijo, debe ser apegado a la ley. Y agregó que si la persona se niega, el banco puede determinar el fin del contrato.
Además, Budnevich eliminó el último párrafo de la circular 3.505 de septiembre, que fue interpretado por los bancos como evidencia de la aplicación retroactiva de las medidas. La resolución de la autoridad de hace dos meses decía que en aquellos casos "en que actualmente existan contratos celebrados que contengan cláusulas que no son compatibles con la presente circular, los bancos deberán abstenerse de hacer uso de ellas". La autoridad dijo esta vez que dicho extracto era innecesario. Budnevich también sacó de las nuevas circulares los comentarios en que justifica los cambios para, entre otras cosas, resguardar "el prestigio de la industria".
Ayer, el presidente de la Abif, Hernán Somerville, valoró los cambios. "Hoy hemos tomado conocimiento de las precisiones formuladas por la autoridad, las que -creemos- permitirán potenciar el desarrollo de los créditos hipotecarios, en momentos en que la economía chilena muestra importantes signos de reactivación", dijo.
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