Dos opciones para eliminar el Senado y una Comisión de Implementación: Las transitorias que propone el Ejecutivo

El gobierno elaboró una propuesta de 54 páginas con normas transitorias como insumo para el trabajo de la Convención Constitucional. Junto con proponer medidas para la puesta en marcha de la Cámara de las Regiones y establecer que nuevos quórum comiencen a regir desde la publicación de la nueva Constitución, fijó criterios para la implementación del nuevo Sistema Nacional de Salud.


En el parque cultural Ruinas de Huanchaca de Antofagasta, a 1.084 kilómetros del ex Congreso de Santiago, este lunes la Convención Constitucional dio inicio a un pleno que, según los propios convencionales, tenía una carga simbólica. ¿Por qué? Tras el fin de las votaciones de las normas permanentes, se hizo entrega del borrador del proyecto de nueva Constitución -compuesto por 499 artículos- a los coordinadores de las tres comisiones que concluirán el trabajo constituyente de cara al plebiscito de salida: Preámbulo, Armonización y la de Normas Transitorias.

La ceremonia se dio en la segunda semana regional de la Convención. Esta vez, a la región de Antofagasta, salida que, de acuerdo a fuentes de la Convención, tiene un costo de 460 millones de pesos.

Para el trabajo de esta última comisión, la Convención permitió que los distintos poderes del Estado, como también los órganos autónomos, puedan aportar con insumos que sirvan para la deliberación de estos artículos que, en caso de aprobarse la opción de nueva Constitución, permitirán el paso de la actual Carta Magna a la propuesta por los convencionales.

Con ese objetivo, el gobierno, a través de la Segpres, preparó un informe de 54 páginas con sugerencias para la formulación de disposiciones transitorias, que será entregado a la comisión respectiva. Uno de los temas clave a los que el Ejecutivo se refirió en la propuesta es cómo debiese concluir la existencia del Senado, que, de aprobarse la nueva Constitución, será reemplazado por la Cámara de las Regiones.

En concreto, el Ejecutivo plantea en el texto dos opciones. La primera de ellas es que el Senado termine su ciclo político actual en 2026. De esta manera, los parlamentarios que fueron elegidos el año pasado y que concluirían su mandato en 2029 no podrían terminar sus funciones. Así, se plantea que, en el intertanto, se debería “adecuar las normas legales respectivas”. En este escenario, el primer mandato de los representantes de las regiones sería más breve, para lograr que la siguiente elección, programada para 2028, coincida con las elecciones municipales y regionales, en línea con el artículo 11 de la propuesta Constitución.

La otra alternativa es que “se establezca una entrada en vigencia parcial de la Cámara de las Regiones, por la que se elegirán los escaños correspondientes a las circunscripciones que elegirían Senadores en 2025″ -las regiones de Arica, Tarapacá, Atacama, Valparaíso, el Maule, La Araucanía, Aysén-. De esta forma, a diferencia de la otra fórmula, se mantendrían los mandatos de los senadores electos en 2021 hasta la elección siguiente de la Cámara de las Regiones, en 2028.

En cuanto al Ejecutivo, el informe señala que lo ideal sería que el actual presidente de la República complete sus cuatro años en el cargo, pero que no pueda ser reelegido para el período siguiente, como se propone en el borrador de Constitución.

Además, el texto menciona que es aconsejable establecer una norma transitoria que derogue expresamente la Constitución actual, “exceptuando aquellos capítulos o normas que se refieren a las materias cuya subsistencia transitoria se pretende”. Una alternativa sería “reproducir en normas transitorias aquellas disposiciones que regulan la materia que se quiere hacer subsistir provisoriamente”.

También, con el fin de prevenir conflictos interpretativos de las normas, el Ejecutivo considera recomendable “consagrar una norma transitoria que reconozca como regla general la vigencia de las leyes dictadas con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva Constitución, salvo en lo que sean contrarias a ésta”.

Otra recomendación es postergar la aplicación de la totalidad de las normas referidas al Poder Legislativo hasta el inicio del funcionamiento del nuevo Congreso de Diputadas y Diputados y la nueva Cámara de las Regiones, exceptuando “las normas sobre quórums exigibles para la aprobación de las leyes, materia en la que se sugiere que la nueva norma constitucional produzca efectos desde su publicación”.

Otra propuesta del Ejecutivo es la creación de una comisión para la implementación de la nueva Constitución, que tendría por objetivo elaborar una “hoja de ruta” que identifique las propuestas de legislación, adecuación normativa y políticas públicas que deberán desplegar en los años siguientes a la aprobación de la nueva Constitución los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Sin embargo, su composición y duración no están especificadas en el informe, por lo que es una posibilidades que los actuales convencionales la integren.

Además, atendido que la creación de órganos nuevos implica incurrir en gasto fiscal, el gobierno recomienda establecer “una agenda clara que priorice entre los órganos que la nueva Constitución propone modificar, reemplazar o crear”.

Pluralismo jurídico en pausa

El gobierno considera que el pluralismo jurídico -el cual creará dos sistemas de justicia paralelos unidos en la Corte Suprema- no puede empezar a regir sin que se dicte la ley de coordinación. “La propuesta es diferir la entrada en vigencia de las normas constitucionales hasta la dictación de la ley”, plantea el informe.

Además, dice el Ejecutivo, esto necesitará de una consulta indígena que se debe realizar de forma previa.

¿Qué pasará con los jueces?

Al Poder Judicial le preocupa el futuro de los jueces. Actualmente los magistrados jubilan a los 75 años, pero si se aprueba la nueva Constitución la jubilación será a los 70 años. Por lo mismo, es importante saber de qué forma va a quedar regulada la transición de este régimen. Lo mismo ocurre con los ministros de la Corte Suprema. Actualmente están en sus cargos hasta cumplir la edad de jubilación, pero con la nueva Constitución durarán 14 años en sus puestos.

“En relación a la cesación de jueces puede distinguirse dos tipos de normas transitorias. Una que busca diferir la vigencia de la regla constitucional luego de un plazo (10 años, por ejemplo) y otra que no aplique la norma constitucional propuesta a ciertas personas, quienes quedarían sujetos a la regla vigente antes de la entrada en vigencia de la nueva Constitución. Así, por ejemplo, la regla no se aplicaría a quienes a la fecha de entrada en vigencia de esta Constitución formen parte del escalafón primario del Poder Judicial o sean jueces de los juzgados de policía local”, consigna la Segpres.

Sin embargo, el gobierno plantea que ambas alternativas son igual de válidas.

La máxima prioridad de la Corte Constitucional

El Ejecutivo pide que los cambios al actual Tribunal Constitucional (TC), que harán que mute hacia la futura Corte Constitucional, se hagan de manera gradual ya que implica la dictación de leyes o reglamentos y porque impacta a actuales autoridades, es decir, a los ministros del TC.

Así, la Segpres propone a la Convención que ninguna de las normas que regularían a la futura Corte Constitucional puedan entrar en vigencia antes de que se dicten las nuevas leyes que normarán este órgano.

El Ejecutivo además agrega que “las y los ministros continuarían en sus cargos hasta que termine el período por el cual fueron nombrados o cesen en sus funciones por el término de las causas o la llegada del plazo de término, sin establecer mecanismos para nuevos nombramientos de ministros titulares (persistiría el mecanismo de suplentes de la Ley N° 17.997)”.

¿Qué hacer con las autoridades de los órganos autónomos?

El gobierno propone que las máximas autoridades de los órganos autónomos constitucionales -como por ejemplo Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, Contraloría General de la República, Banco Central, Servicio Electoral, Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Electoral Regional- se mantengan en sus cargos hasta que terminen sus periodos por el cual fueron designados.

¿Qué pasará cuando haya que renovar a estas autoridades? “Los nuevos nombramientos se realicen en la forma que establece la nueva Constitución, aunque no haya entrado en vigencia el nuevo Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones. De esta forma, en este caso, se propone que cada vez que la norma constitucional exija que el nombramiento lo realice o requiera del acuerdo de la mayoría del Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones, este se materialice a través de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado, actuando en sesión conjunta”, se lee en el informe.

Sistema de salud y la gratuidad en educación reguladas por ley

El informe emitido por la Segpres identifica que la aplicación del Sistema Nacional de Salud propuesto por los convencionales sea gradual, “ya que su aplicación inmediata no sólo irrogaría gasto fiscal, sino que supone un rediseño institucional relevante”.

En la misma línea que el Sistema de Salud, el informe identifica que su aplicación inmediata irrogaría una presión de gasto fiscal. Por esta razón, se recomienda establecer norma transitoria que permita a la ley fijar la gradualidad de la gratuidad en instituciones de educación superior.

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