Suprema acoge recurso y ordena a autoridades del Gobierno adoptar “en breve” medidas para proteger a víctimas de violencia en Arauco

En un inédito fallo, la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por víctimas de violencia rural en la provincia de Arauco, región del Biobío, a quienes según el máximo tribunal del país se le han vulnerado sus derechos por parte de las autoridades de gobierno.


“Las autoridades recurridas deberán en un breve plazo, previa coordinación con las carteras ministeriales correspondientes, implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas o grupos sociales que han visto amagados sus derechos, con miras a evitar el acaecimiento de este tipo de sucesos en su contra”.

Así de directo es el fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema que decidió acoger los recursos de protección de víctimas de violencia rural en la provincia de Arauco, en la Región del Biobío, al determinarse que las autoridades del país no habrían respetado sus derechos al no evitar los múltiples ataques realizados por desconocidos en el sector.

En su sentencia, el máximo tribunal del país explicó que “se han desarrollado e implementado diversos planes de acción con el objeto de propiciar que las víctimas de la violencia denunciada, puedan enfrentar las perniciosas consecuencias que sucesos de esta naturaleza han provocado en distintos sectores de la población, lo cual, desde luego, ha abordado aspectos asociados a la esfera tanto emocional como patrimonial de los perjudicados”.

Asimismo sostuvo que “las personas que se han visto perjudicadas con el acontecimiento de este tipo de acciones, pertenecen a los segmentos de mayor vulnerabilidad a nivel nacional, mientras que, de otro lado, también se ha implementado la entrega de recursos financieros con idéntico propósito, tales como la entrega de subsidios habitacionales, créditos con tasas preferenciales asociadas”. Esto con el propósito de recomponer de algún modo el impacto que tal tipo de situaciones ha ocasionado en las diversas actividades productivas, comerciales y sociales desarrolladas por las personas naturales, jurídicas y organizaciones sociales asentadas en la zona afectada.

Más enfática en su análisis, la Tercera Sala de la Corte Suprema explicó que “es posible advertir la falta de eficacia de las políticas implementadas para enfrentar este tipo de sucesos, tanto más cuanto que, más allá de la indudable necesidad de reparación o compensación en favor de aquellos que se han visto afectados con la ocurrencia de este tipo de hechos delictivos, lo cierto es que no puede perderse de vista que el enfoque primordial debe estar focalizado en la adopción de medidas tendientes a prevenir tales contingencias”.

Por otro lado, sostuvo que si bien la implementación de medidas de reparación resultan ser primordiales “con miras a lograr los beneficios tanto espirituales como económicos que se persiguen a través de su puesta en marcha, en ningún caso puede perderse de vista la problemática social, económica y por cierto espiritual que se genera a partir de la reiterada ejecución de acciones de esta naturaleza”. Más aún, si se considera que sus efectos nocivos repercuten de manera transversal en la sociedad, pero indudablemente con mayor dureza en los grupos más vulnerables de la misma”, destacó el fallo del máximo tribunal del país.

“Pese a que se han implementado diversas medidas destinadas a afrontar de la mejor manera la crisis que este tipo de violencia suscita en la población, no es menos cierto que dicha función no ha sido cumplida adecuadamente, en tanto de todas maneras los recurrentes han visto amagados sus derechos”, concluyó.

La Tercera Sala de la Corte Suprema estuvo integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y el abogado integrante Pedro Águila.

El origen del conflicto

El origen de inédito fallo de la Corte Suprema radica en un recurso de protección que presentó el abogado Ricardo Yáñez en representación de una serie de víctimas de violencia rural en la comuna de Cañete de la provincia de Arauco, Región del Biobío y que fuera rechazado por la Corte de Apelaciones de Concepción.

La acción era dirigida en contra del Presidente de la República don Sebastián Piñera, el ex Ministro del Interior, Víctor Pérez y el ex Intendente de la Región del Bio Bio don Sergio Giacaman García a fin de que el tribunal ordenase una serie de medidas de protección para restablecer el imperio del derecho.

Entre los comparecientes estaba el matrimonio compuesto por María Ivette Lacoste Catalán y Jaime Iván Rivas Salas, junto a sus hijos Jaime Andrés Rivas Lacoste y Luis Alfredo Aguayo Lacoste. Además del matrimonio compuesto por Irene Eliana Rivas Salas y su cónyuge John Elias Sales Amado.

En su presentación, al tribunal de alzada explicaron que “en el mes de Enero del año 2019, abruptamente se produce una toma violenta de los terrenos del Fundo Las Vertientes, la que es efectuada por un grupo de mapuches encapuchados y armados llamados LOV Elicura, quienes directamente nos amenazaron de que si efectuábamos denuncia de la toma violenta y solicitábamos desalojo, se nos atacaría en mi (Ivette Lacoste) lugar de residencia parcela el Pedregal, sector Licahue, de la comuna de Contulmo, ateniéndome a las consecuencias”.

“Frente a la gravedad de las amenazas, el miedo, la desesperación y la sensación de indefensión, igualmente realizamos la denuncia por las amenazas en fiscalía de Cañete, pero la respuesta fue un balde de agua fría; nos respondieron que las amenazas no constituían delito, y a la fecha, marzo de 2020, todos nuestros predios ubicados en el sector Elicura se encuentran ocupados ilegalmente quedando únicamente a salvo la parcela El Pedregal donde actualmente vivimos”, acotó.

Asimismo, consignó que desde la quema de la casa patronal en julio de 2018 a la fecha, han crecido exponencialmente el número de atentados incendiarios y la denominada “recuperación de territorios” en la zona. Dichos hechos que se han intensificado y visibilizado aún más durante este año 2020 debido al incremento no solo en número, sino también en lo violento de los actos. “Por mencionar algunos, en el sector de Chan Chan, a alrededor de 400 metros de los domicilios particulares de Irene Rivas Salas y su nieto Carlos Marfil y su cónyuge Verónica Soto y las Cabañas Condominio Chan Chan (de propiedad de la familia) se han quemado cerca de 15 camiones (forestales y otros), en cada uno de los actos, se amedrenta a los conductores, hay decenas de disparos, gritos, bloqueo de rutas y corte de energía eléctrica (que puede durar por días), hechos que naturalmente causan temor y una sensación de desprotección en el sector”, concluyó.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.