Suprema deberá zanjar indemnizaciones para víctimas de abusos tras una década de los casos en el Colegio Apoquindo

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Corte Suprema deberá determinar indemnización de víctimas por abusos en Colegio Apoquindo.

En agosto de este año, la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la suma de la reparación de $ 1.600 millones a cerca de $ 570 millones. Ante esto, los abogados de las víctimas presentaron un recurso para revertir la medida.


Entre el 2010 y 2012 salieron a la luz casos de abusos en contra de niñas y niños al interior del Colegio Apoquindo. A poco más de una década desde los hechos y cuando ya hay dos condenados por los delitos indagados, las víctimas y sus familias aún no han podido cerrar el capítulo, sobre todo el que tiene que ver con la reparación. Esto, ya que la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, hace unos meses, rebajó la indemnización por daño moral, y ahora será la Corte Suprema la que deba decidir.

En 2013 terminó el proceso penal y se condenó a los auxiliares Margarita Villegas y Esteban Moya a 15 y 11 años de cárcel, por los delitos de violación y abuso sexual. Tras lo anterior, en 2019, la jueza María Paula Merino, del Cuarto Juzgado Civil de Santiago, determinó que se debía pagar una indemnización de $ 1.600 millones por concepto de daño moral a las cuatro familias víctimas de los hechos. Así, Esteban Moya, Margarita Villegas, Colegio Apoquindo Femenino Limitada, Gestora Educacional S.A., Sociedad Educacional Apoquindo Limitada y María Eugenia Gandarillas, directora del establecimiento cuando ocurrieron los hechos, debían pagar dicha suma.

Sin embargo, este año, en una votación dividida, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la suma a cerca de $ 570 millones. Ante la decisión, los abogados que representan a los afectados, Ciro Colombara y Aldo Díaz, presentaron un recurso de casación en el máximo tribunal tras la sentencia que rebajó en casi dos tercios la indemnización por daño moral decretada en primera instancia. “Erró al rebajar injustificada e infundadamente la indemnización por daño moral”, señala el documento presentado por los abogados Colombara y Díaz. En el documento también solicitan que se condene a la fundación asociada al Colegio Apoquindo y a las personas naturales que eran parte en la toma de decisiones.

“Junto con lamentar que después de 8 años de juicio aún no haya reparación para las víctimas, solo decimos que confiamos plenamente en la decisión que deberá tomar la Corte Suprema”, señaló Colombara. En el escrito se consigna que “no existió ningún razonamiento, fundamento o sustento para eximir de la responsabilidad solidaria al resto de las demandadas y condenadas, especialmente cuando todas y cada una de ellas concurrieron a generar el daño causado a nuestros representados y por el que fueron condenados”.

En la acción judicial se agrega que “así, si bien tuvo acreditado la efectividad de los perjuicios sufridos por nuestros representados, la sentencia recurrida, respecto a su cuantía, ignoró la multiplicidad de antecedentes aportados por esta parte que dan cuenta de la entidad del daño moral padecido por nuestros representados”.

Los informes sicológicos

También los abogados manifiestan que ninguno de los antecedentes, como informes sicológicos, informes del Servicio Médico Legal y situaciones familiares fueron valorados ni considerados al momento de resolver, de manera infundada, rebajar las indemnizaciones por daño moral reclamadas. “Para las familias ha sido durísimo, porque 8 años de juicio civil, adicional a la duración del caso penal, significan una revictimización. La falta de reparación entonces es más grave aún”, sentenció Colombara.

Los ministros Juan Cristóbal Mera y María Loreto Gutiérrez votaron a favor de revocar la sentencia de primera instancia, la emitida en 2019, y rebajar la indemnización. En tanto, el abogado integrante Patricio Carvajal votó en contra al estimar correcta la ponderación por daño moral.

“Se considera la extrema cautela con que ha de decidirse sobre esta materia, habida cuenta de la escasez de pautas dadas por precedentes judiciales de indemnización a víctimas preescolares de abusos sexuales y violaciones en el ámbito de su asistencia a los establecimientos de educación (…) ha de evitarse incurrir, por parte de estos juzgadores, en excesos o defectos en el cálculo del monto del resarcimiento extrapatrimonial; otorgando, así, el adecuado equilibrio a las exigencias de justicia de los particulares demandantes y a las exigencias de igualdad en la administración de justicia del común”, fue el argumento para reducir el monto de reparación para las víctimas.

La última palabra, entonces, para estas víctimas, a una década de los hechos, está en manos de la sala civil de la Suprema, que pondrá en tabla el caso en los próximos días.

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