Con actas de la Junta Militar, Codelco reactiva pugna con Contraloría

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A través de un escrito, la estatal solicitó al 25° Juzgado Civil de Santiago zanjar la disputa de competencia en su fiscalización.


Codelco volvió a la carga contra la Contraloría General de La República en tribunales. Hace dos días la minera estatal presentó dos informes de connotados juristas para avalar su posición y delimitar el rol de control de la entidad fiscalizadora.

Esto luego que la cuprera presentar una demanda de nulidad de derecho público en contra de Contraloría tras la auditoría que le realizara el organismo en que se detectó, en mayo del año pasado, irregularidades en contratos de compra de bienes y servicios entre partes relacionadas.

Justamente, por medio de uno de sus informes en derecho, la estatal citó incluso las actas de la Junta Militar que abordaron los decretos leyes 1.349 y 1350 para fortalecer su defensa. En su escrito, Laura Novoa, experta en minería y abogada que estuvo en los orígenes de la regulación de Codelco. De hecho, integró el equipo liderado por Julio Philipi, que en defensa de los intereses del Estado de Chile llevó adelante con éxito la negociación con cada una de las empresas estadounidenses afectadas por la nacionalización.

En su informe, la abogada sostuvo que los orígenes de las normas que constituyen el régimen especial de fiscalizción sobre Codelco fueron utilizados en las sesiones de la Junta de Gobierno de 20 y 30 de enero de 1976. "Esas sesiones se destinaron íntegramente a estudiar una nueva legislación para la Gran Minería del Cobre. El DL 1.349, ley de Cochilco, y en especial , el DL 1.350, ley de Codelco, tienen como base muy relevante esos textos", sostuvo en su informe Novoa.

Para la abogada la discusión sobre esta materia no es nueva. De hecho, citando las actas, aseveró que mucho antes a las leyes de gobiernos corporativos, el Estado fijó un régimen especial de control específico de Contraloría sobre Codelco, que se materializa a través de Cochilco.

Para Novoa sujetar a Codelco a una doble normativa jurídica: la aplicable a las sociedades anónimas abiertas y, además, la Ley de Bases Generales de Administración del Estado y la Ley de Compras Públicas "afectaría negativamente su competitividad".

De hecho, y citando nuevamente a las actas de la sesión de la Junta Militar la experta concluyó que al momento de su constitución en 1976, la normativa aplicable a Codelco excluía las normas para empresas púbicas que no hicieran referencia expresa a Codelco.

Cabe recordar que Codelco nunca ha cuestionado que Contraloría tenga atribuciones de fiscalización sobre la compañía, sino que su crítica apunta a la modalidad y el tipo de fiscalización que aplicó la entidad contralora. Para la cuprera el control debe ser ejercido por medio de Cochilco y excepcionalmente de modo directo. Para Codelco, Contraloría no puede utilizar el modelo de auditorías externas como fiscalización operativa, porque en rigor se inmiscuiría en el negocio.

Otro de los informes presentados por Codelco concluyó que es una empresa pública, por lo que en principio está sometida al control de la Contraloría General de la República. No obstante, el control de aquella se realiza de acuerdo a tres decretos Leyes y la Ley N°10.336.

"Codelco sólo se le puede aplicar como parámetro de control, la normativa dispuesta para su régimen jurídico, incluyendo en ello su ley que la crea, sus estatutos, las normas que rigen las sociedades anónimas abierta y la legislación común", concluyó Juan Carlos Ferrada, abogado de Ferrada & Asociados

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