Las alternativas de Entel, Claro y Movistar tras duro revés que les ordena devolver espectro

Foto: ATON/Archivo

Un duro revés sufrieron Entel, Claro y Movistar. Al sismo que provocó el histórico fallo de la Corte Suprema a las operadoras móviles, que les ordenó desprenderse de espectro por acaparamiento en la banda 700 Mhz, un nuevo traspié vuelve a generar impacto en el sector.

En efecto, porque en el día de ayer, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), dictó a las compañías devolver el espectro que obtuvieran en la licitación de fines del 2013, independientemente, que la propia Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) se encuentre actualmente en trámites para fijar los nuevos límites para la industria.

La resolución viene a ser un nuevo golpe a las tres grandes compañías, las cuales  no se quedarían de brazos cruzados y sus equipos jurídicos aún evalúan los caminos a seguir. Sin embargo, todas las alternativas -en caso de insistir en su rechazo- terminan en la Corte Suprema.

Según trascendió tres son las vías que evalúan las compañías, siendo la primera de ellas un eventual recurso de reposición ante el TDLC, pero al mismo tiempo también es factible para las compañías llevar adelante una reclamación y un recurso de apelación ante la Corte Suprema. Ambas ambos recursos serían discutidos en la en la Tercera Sala de la Corte Suprema, presidida por el juez Sergio Muñoz (ver foto),

No obstante, el proceso de devolución de espectro que ordena el TDLC abre más dudas que certezas.

Ejemplo de ello es que nunca ha habido un procedimiento incidental que termine en la Corte Suprema. Por lo mismo, lo que procedería es una reclamación por el Decreto Ley 211 que términos simples viene a ser una apelación, pues según el Código de Procedimiento Civil también sería factible que utilicen esa vía las empresas.

Pero de fondo hay otro tema. En juicio, Entel y Claro han mostrado una postura distinta a la de Movistar. De hecho, las dos primeras han señalado que la sentencia es imposible de cumplir e incluso califican la devolución del espectro como "ilegal". Entre otras razones, porque el sistema legal chileno no permite el desprendimiento o enajenación de espectro.

Mientras que Movistar se ha mostrado favorable a cumplir con el fallo de la Corte Suprema, lo que incluso consta en documentos públicos. Por ende, solicitan a la propia Subtel que diga cómo y cuándo desea que se entregue el espectro.

El problema que viene

Más allá de si las empresas llevarán adelante una apelación o reclamación, el problema que viene el este caso es cómo concretarán la devolución de espectro las empresas.

En efecto, el proceso que se haría por primera vez en Chile significará que las propias compañías migren sus clientes a otras bandas, lo que implica aspectos técnicos y autorizaciones de Subtel, con actos jurídicos que autorizan este proceso. Más aún luego vendría el diseño e implementación de la enajenación

¿Cómo será? ¿Por medio de subasta? ¿Subtel licitará el espectro que recibirá? Esas son parte de las interrogantes que abre la resolución del TDLC,  y según fuentes de la industria todo este proceso de principio a fin, tomaría al menos un año.

Sin embargo, para el abogado Cristián Reyes, representante de Conadecus, "el cumplimiento de esta obligación debiera ser mucho más rápido que eso, ya que se trata de un trámite administrativo ante la Subtel que se podría ingresar hoy mismo si existiera voluntad para ello".

Por su parte, Subtel evitó comentar la resolución del tribunal. Sin embargo, trascendió que no vería preocupación la decisión del órgano de libre competencia, puesto que el Plan Nacional de Espectro iría por un carril distinta al conflicto que libran las compañías en la justicia.

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