Tribunal reduce pena de condenado por abuso en Colegio Apoquindo y apoderados piden “agilizar” pago de millonaria indemnización

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08.2016 - MARTILLO - LEGISLACION - LEY - PODER JUDICIAL - BANDERA - TEMATICA - JUSTICIA - SANTIAGO - PUBLICADA - LA TERCERA - NACIONAL - TEMAS DE HOY - PAG04 MLNPCT=61802007 () - La Tercera - 20160816 - CENTRO DE JUSTICIA - INF - inf. general - NUEVO CENTRO DE JUSTICIA CENTRO DE JUSTICIA CENTRO DE JUSTICIA - SANTIAGO - REGION METROPOLITANA - CHILE - PEDRO RODRIGUEZ

El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago ordenó la libertad de Esteban Moya, uno de los dos auxiliares sentenciados en la causa por abusos sexuales a menores de 11 años. Su permanencia en la cárcel fue rebajada en 22 meses, tras acogerse a la ley que entrega este beneficio para quienes son calificados con "buena conducta". Carabineros será el encargado de vigilarlo hasta 10 años después de obtenida su libertad.


Era el 15 de junio de 2012 y un grupo de ocho apoderados del Colegio Apoquindo -entonces ubicado en la comuna de Lo Barnechea- llegó hasta la 54 Comisaría de Carabineros. Con ello iniciaron una larga procesión judicial para confirmar lo que a esas alturas era más que una sospecha basada en rumores: la violación y abuso sexual a menores de 11 años al interior del recinto.

Presentada la primera denuncia, luego vendrían más acciones legales que derivaron en que el Ministerio Público abriera una causa judicial que en 2014 logró condenar a los principales imputados: Esteban Moya y Margarita Villegas, matrimonio acusado de violación y abuso a cinco menores al interior del establecimiento. A Moya, el tribunal lo sentenció a 11 años de prisión, y a Villegas, a 15 años de presidio.

Sin embargo, Moya no cumplió el total de su condena. El 15 de diciembre, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago notificó a los intervinientes en la causa que obtuvo la “aplicación de reducción de condena, en virtud de la Ley 19.856″. La norma beneficia a quienes tienen buena conducta al interior de los recintos penales y activa una vigilancia permanente a quienes obtienen la libertad bajo esta legislación.

El 9 de diciembre, Gendarmería ofició al tribunal que a Moya le habría correspondido cumplir su pena el 1 de julio del 2023, sin embargo, como se acogió a la ley que otorga la reducción de condena, se le descontaron 22 meses de presidio. Por ende, estaban en condiciones de notificar su egreso.

En base a esto, el tribunal sentenció que Moya “debe dar cumplimiento a la sanción accesoria impuesta en sentencia definitiva de fecha 30 de diciembre de 2013, consistente en la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y que consistirá en informar a Carabineros, cada tres meses, su domicilio actual”.

Proceso ante la Suprema

Los apoderados que denunciaron el caso, sin embargo, buscan ir más allá de las penas que cumplen Moya y Villegas. Por lo mismo, hace algunos meses activaron un proceso en la Corte Suprema, a través de un recurso de casación para ser indemnizados por más de $ 1.600 millones.

Según explicaron los abogados demandantes, Ciro Colombara y Aldo Díaz, “las condenas a 11 y 15 años de prisión pueden parecer altas, pero no compensan en modo alguno el daño que los condenados causaron. Margarita Villegas sigue en prisión y debe cumplir su condena. En lo civil, las familias aún esperan el pronunciamiento de la Corte Suprema”.

Específicamente, en 2019 la jueza María Paula Merino, del Cuarto Juzgado Civil de Santiago, determinó que se debía pagar una indemnización a las familias por un total de $ 1.600 millones por concepto de “daño moral”. Los costos debían asumirlos Esteban Moya, Margarita Villegas, Colegio Apoquindo Femenino Limitada, Gestora Educacional S.A., Sociedad Educacional Apoquindo Limitada y María Eugenia Gandarillas, directora del establecimiento cuando ocurrieron los hechos.

Sin embargo, este año, en una votación dividida, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la suma a cerca de $ 570 millones, lo que fue rechazado por las familias de los niños abusados, activando un proceso en la Corte Suprema para revertir esta decisión. “El tribunal de alzada erró al rebajar injustificada e infundadamente la indemnización por daño moral”, expusieron los abogados Colombara y Díaz ante el máximo tribunal.

En esta, además, se pide que se condene a la fundación asociada al Colegio Apoquindo y a las personas naturales que eran parte en la toma de decisiones.

Según explicaron desde las defensas de las cuatro familias demandantes, la Corte Suprema aún no emite un fallo al respecto, por lo que piden “activar” este proceso y tener una respuesta lo antes posible.

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