La ministra en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, María Cruz Fierro, dictó sentencia de primera instancia y condenó a 10 años y un día de presidio a Sergio Chiffelle Kirby, actual procurador del número de la Corte Suprema de Santiago y excapitán de corbeta de la Armada, por el homicidio calificado del exmilitante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) Marcelo Barrios Andrade, registrado en 1989 en Valparaíso.

Además, también por el homicidio calificado de Barrios Andrade fueron condenados a la misma pena los cabos primero de la Armada Luis Ceballos Guerra y Óscar Arturo Aspée.

Esto, al cumplirse 34 años de la muerte de Barrios Andrade, que es reconocida como uno de los últimos asesinatos de carácter político cometidos durante de la dictadura militar.

Además, el dictamen absolvió a Fernando Pereda Navarro de la acusación de encubridor del delito del homicidio calificado de Barrios Andrade.

En su fallo, la ministra Fierro destaca que, tras diversas pruebas y testimonios de testigos, se acreditó que “el día 31 de agosto de 1989, en horas de la tarde, un destacamento de Infantería de Marina de la Armada de Chile, realizó una acción de allanamiento al inmueble ubicado en pasaje Latorre, casa 7, Cerro Yungay, Valparaíso, en cumplimiento de una orden emanada del Comandante de la Guarnición Local de Valparaíso, dentro del contexto de una investigación en que fueron allanados varios domicilios de la región y detenida otras personas, operativo a raíz del cual resultó fallecido el ocupante de dicho lugar, Marcelo Esteban Barrios Andrade, quien fue objeto de numerosos impactos de balas efectuados por personal de infantería de Marina que realizaban la acción, resultando acribillado, y junto con ello hicieron detonar cargas explosivas en el domicilio, no existiendo relación entre la acción que fue desplegada en esa oportunidad, armamento utilizado y resultado del operativo, con una posible reacción del occiso, quien se habría defendido con una pistola (…)

Por su participación en este hecho, indica el dictamen, “se condena a los acusados Sergio Patricio Esteban Chiffelle Kirby (…), a Luis Osvaldo de Lourdes Ceballos Guerra (…) y a Óscar Arturo Aspée Aspée (…) todos ya individualizados, a sendas penas de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, en sus calidades de autores del delito del delito de homicidio calificado en la persona de Marcelo Barrios Andrade”.

Asimismo, se les impuso penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El fallo agrega que “atendida la extensión de las penas impuestas a cada uno de los condenados, no se les concede ninguna de las penas alternativas de la Ley 18.216, debiendo cumplir real y efectivamente sus condenas”.

En lo civil, se acogió una demanda presentada por cuatro hermanos de la víctima en contra del Fisco y solidariamente en contra los tres condenados y, por lo tanto, se les condena al pago de la suma total de $240 millones en favor de los demandantes, como indemnización de perjuicios por daño moral.