Contraloría insta a Concejo Municipal de Talca a iniciar proceso de remoción de alcalde

Juan Carlos Díaz Talca
AgenciaUno

Se reveló que en 2014, cuando Juan Carlos Díaz estuvo como alcalde subrogante de la anterior administración, no se abstuvo de firmar un anexo de contrato referente a prestaciones de servicio de aseos, pese a sus "intereses personales". 


La Contraloría Regional del Maule informó al Concejo Municipal de Talca respecto de las resoluciones a las que arribó respecto del alcalde Juan Carlos Díaz, quien incurrió en un "notable abandono de deberes" cuando se desempeñaba como administrador municipal en 2014.

Dicha situación, de acuerdo a lo estipulado en la Orgánica Constitucional de Municipalidades, implica una de las causales por las que la autoridad debe ser removida del puesto. 

Los hechos quedaron al descubierto tras el resultado de un sumario administrativo que dispuso el ente contralor en 2015 y que fue aprobado en 2017. Ahí se establecieron las responsabilidades del actual edil en "hechos que contravienen sus obligaciones funcionarias de hacer valer el principio de la probidad". 

Se reveló que en 2014, cuando estuvo como alcalde subrogante de la anterior administración, no se abstuvo de firmar un anexo de contrato referente a prestaciones de servicio de aseos, pese a sus "intereses personales". 

De acuerdo a lo establecido por el sumario, Díaz tiene vínculos con la empresa que prestaría los citados servicios, Sociedad de Transportes CTS Limitada, cuyo representante legal es Cristián Tizza Martínez.

Se detalla, así, que entre agosto de 2013 y mayo de 2014, desarrolló una serie de negociaciones para vender una inmueble de su propiedad. Entre estas se encuentra la firma de una escritura de promesa de compraventa con la mencionada compañía, y la posterior materialización de la venta a la Sociedad de Intervenciones Urbana, la cual tiene el mismo socio y representante legal que CTS Limitada: Cristián Tizza Martínez.

Si bien Díaz solicitó que se dejara sin efecto la resolución que validaba el sumario realizado, o que en su defecto se decretara la apertura del mismo y se ordenasen nuevas diligencias, sus intenciones no prosperaron.

Se debe considerar que, por ser un cargo de elección popular, la Contraloría no puede ordenar la destitución de un alcalde, por ello es que le señala a los concejales, quienes sí pueden iniciar un juicio de remoción, los hechos que ameritarían sanción.

Otras irregularidades de Díaz

Esta no es la primera vez que Díaz es sorprendido en hechos irregulares por parte de la Contraloría del Maule, pues en el marco de una auditoría realizada en 2016, previo a las elecciones municipales, se detectó que cobró horas extra cuando no correspondían.

"Se observó que el funcionario don Juan Carlos Díaz Avendaño, estampó la entrada y salida de la jornada laboral en fechas que no existen, lo cual denota una debilidad de control, toda vez que le resta confiabilidad a la información para el cálculo de las horas extraordinarias", explicó en ese entonces Contraloría.

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